INSTITUCIÓN EDUCATIVA
“LA PAZ”
MANUAL DE CONVIVENCIA
La Ceja del Tambo
Departamento de Antioquia
“La enseñanza que deja huella no es la que se hace de cabeza a cabeza, sino de corazón a corazón”.
Hendriks, Hoard G.
Hendriks, Hoard G.
Convivencia, Sabiduría y Paz
“Tan sólo por la educación puede el hombre llegar a ser hombre.
El hombre no es más que lo que la educación hace de él”.
Emmanuel L Kant
El hombre no es más que lo que la educación hace de él”.
Emmanuel L Kant
TABLA DE CONTENIDO
CARTA DEL RECTOR.. 6
1 PRESENTACIÓN A TODA LA COMUNIDAD EDUCATIVA.. 9
2 HORIZONTE INSTITUCIONAL. 12
2.1 FILOSOFÍA.. 12
2.2 MISIÓN.. 12
2.3 VISIÓN.. 12
2.4 PRINCIPIOS.. 13
2.4.1 La participación: 13
2.4.2 Corresponsabilidad: 13
2.4.3 Autonomía: 13
2.4.4 Diversidad: 13
2.4.5 Integralidad: 14
3 SÍMBOLOS DE LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA LA PAZ. 15
3.1 HIMNO A LA INSTITUCIÓN.. 15
3.2 LA BANDERA.. 16
3.3 EL ESCUDO.. 17
3.4 UNIFORMES.. 19
3.4.1 Uniforme de gala para las mujeres: 19
3.4.2 Uniforme de gala para hombres: 19
3.4.3 Uniforme de educación física Hombres y Mujeres: 20
4 OBJETIVOS DEL MANUAL DE CONVIVENCIA.. 21
5 FUNDAMENTACIÓN LEGAL DEL MANUAL DE CONVIVENCIA.. 22
6 LOS ESTUDIANTES.. 24
6.1 PERFIL DEL ESTUDIANTE. 24
6.2 COMPORTAMIENTOS DE LOS ESTUDIANTES QUE MERECEN SER ESTIMULADOS POR LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA LA PAZ. 24
6.3 ESTÍMULOS POR LAS BUENAS ACTUACIONES: 25
6.4 DERECHOS DE LOS ESTUDIANTES.. 26
6.5 DEBERES DE LOS ESTUDIANTES.. 30
6.6 PROHIBICIONES PARA LOS ESTUDIANTES.. 33
6.7 COMPORTAMIENTO DE LOS ESTUDIANTES. 34
7 LOS PADRES DE FAMILIA.. 36
7.1 PERFIL DE LOS PADRES DE FAMILIA.. 36
7.2 DEBERES DE LOS PADRES DE FAMILIA.. 37
7.3 DERECHOS DE LOS PADRES DE FAMILIA.. 39
8 LOS DIRECTIVOS, DOCENTES, ADMINISTRATIVOS Y EMPLEADOS.. 40
8.1 LOS COORDINADORES GENERALES.. 40
8.2 LOS DOCENTES.. 42
8.2.1 Deberes de los docentes. 42
8.2.2 Funciones del docente orientador: 46
9 LOS EMPLEADOS.. 49
10 LAS FALTAS, EL CONDUCTO REGULAR Y EL DEBIDO PROCESO.. 50
10.1 CLASIFICACIÓN DE FALTAS EN QUE PUEDE INCURRIR EL ESTUDIANTE.. 50
10.1.1 Faltas TIPO I. 50
10.1.2 Faltas TIPO II. 52
10.1.3 Faltas TIPO III. 55
10.2 EL DEBIDO PROCESO.. 57
10.3 ATENUANTE.. 58
10.4 AGRAVANTE.. 58
10.5 CORRECTIVOS PEDAGÓGICOS.. 59
10.6 DEBIDO PROCESO PARA LA APLICACIÓN DE CORRECTIVOS Y SANCIONES.. 59
10.6.1 Nota al debido proceso. 60
10.6.2 Principios básicos u orientaciones al debido proceso. 60
10.7 CORRECTIVOS PEDAGÓGICOS.. 61
10.7.1 Etapa informativa: 61
10.7.2 Etapa analítica. 61
10.7.3 Etapa decisoria. 62
10.8 COMPETENCIAS, TÉRMINOS Y SANCIONES APLICABLES PARA CADA CASO: 62
10.8.1 Faltas TIPO I: 62
10.8.2 Protocolo para las faltas TIPO I: 62
10.8.3 Sanciones Aplicables. 63
10.8.4 Competencias. 63
10.8.5 Términos para actuar 63
10.8.6 Procedimiento a seguir 64
10.8.7 Cuadro de faltas TIPO I y procedimiento. 65
10.8.8 Faltas TIPO II 68
10.8.9 Protocolo para las faltas TIPO II: 68
10.8.10 Sanciones aplicables. 70
10.8.11 Competencias. 70
10.8.12 Términos para actuar 71
10.8.13 Cuadro de faltas TIPO II y procedimiento. 72
10.9 FALTAS TIPO III 74
10.9.1 Protocolo para las faltas tipo III 74
10.9.2 Sanciones. 75
10.9.3 Competencias. 75
10.9.4 Términos para actuar 76
10.9.5 Cuadro de faltas TIPO III y procedimiento. 77
9.7 DERECHOS DEL ESTUDIANTE QUE SE ENCUENTRA COMPROMETIDO CON UN DEBIDO PROCESO DISCIPLINARIO: 80
10.9.6 CONDUCTO REGULAR PARA CASOS ACADÉMICOS. 81
10.9.7 CONDUCTO REGULAR PARA CASOS DISCIPLINARIOS. 81
11 DEL GOBIERNO ESCOLAR.. 82
11.1 EL RECTOR. 82
11.2 Funciones del rector 82
11.3 Resolución Rectoral 84
11.4 EL CONSEJO DIRECTIVO: 84
11.4.1 Funciones del CONSEJO DIRECTIVO. 84
11.5 EL CONSEJO ACADÉMICO.. 86
11.5.1 De los integrantes. 86
11.5.2 Periodo de ejercicio. 86
11.5.3 Las sesiones de trabajo. 86
11.5.4 Del QUÓRUM.. 87
11.5.5 Funciones del Consejo Académico. 87
11.6 EL PERSONERO(A) ESTUDIANTIL. 87
11.6.1 Funciones del Personero. 87
11.7 EL CONTRALOR (A) ESTUDIANTIL. 88
11.7.1 De la elección para la Contraloría. 88
11.7.2 Funciones del Contralor 88
11.8 EL CONSEJO DE ESTUDIANTES.. 90
11.8.1 Funciones del Consejo de Estudiantes. 90
11.8.2 Funciones del Representante de Grupo. 90
11.9 EL CONSEJO DE PADRES.. 91
11.9.1 FUNCIONES DEL CONSEJO DE PADRES.. 91
11 COMITÉ ESCOLAR DE CONVIVENCIA. 93
11.1 CONFORMACIÓN.. 93
11.2 FUNCIONES DEL COMITÉ ESCOLAR DE CONVIVENCIA: 93
11.10 REGLAMENTO INTERNO DEL COMITÉ ESCOLAR DE CONVIVENCIA ESCOLAR.. 94
11.11 RUTA DE ATENCIÓN INTEGRAL. 95
11.12 LA RUTA DE ATENCIÓN EXTERNA SERÁ: 95
11.13 JORNADA ESCOLAR.. 96
12 SISTEMA INSTITUCIONAL DE EVALUACIÓN. (SIE). 97
12.1 ESCALA VALORATIVA.. 97
13.1 REPROBACIÓN DEL AÑO ESCOLAR: 97
13.3 PROMOCIÓN ANTICIPADA. 98
12.2 DERECHOS Y DEBERES EN EL PROCESO FORMATIVO DE LOS ESTUDIANTES. 100
12.3 DERECHOS Y DEBERES DE LOS PADRES DE FAMILIA.. 101
12.4 GRADUACIÓN. 101
CONCEPTOS Y DEFINICIONES.. 103
1 PRESENTACIÓN A TODA LA COMUNIDAD EDUCATIVA.. 9
2 HORIZONTE INSTITUCIONAL. 12
2.1 FILOSOFÍA.. 12
2.2 MISIÓN.. 12
2.3 VISIÓN.. 12
2.4 PRINCIPIOS.. 13
2.4.1 La participación: 13
2.4.2 Corresponsabilidad: 13
2.4.3 Autonomía: 13
2.4.4 Diversidad: 13
2.4.5 Integralidad: 14
3 SÍMBOLOS DE LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA LA PAZ. 15
3.1 HIMNO A LA INSTITUCIÓN.. 15
3.2 LA BANDERA.. 16
3.3 EL ESCUDO.. 17
3.4 UNIFORMES.. 19
3.4.1 Uniforme de gala para las mujeres: 19
3.4.2 Uniforme de gala para hombres: 19
3.4.3 Uniforme de educación física Hombres y Mujeres: 20
4 OBJETIVOS DEL MANUAL DE CONVIVENCIA.. 21
5 FUNDAMENTACIÓN LEGAL DEL MANUAL DE CONVIVENCIA.. 22
6 LOS ESTUDIANTES.. 24
6.1 PERFIL DEL ESTUDIANTE. 24
6.2 COMPORTAMIENTOS DE LOS ESTUDIANTES QUE MERECEN SER ESTIMULADOS POR LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA LA PAZ. 24
6.3 ESTÍMULOS POR LAS BUENAS ACTUACIONES: 25
6.4 DERECHOS DE LOS ESTUDIANTES.. 26
6.5 DEBERES DE LOS ESTUDIANTES.. 30
6.6 PROHIBICIONES PARA LOS ESTUDIANTES.. 33
6.7 COMPORTAMIENTO DE LOS ESTUDIANTES. 34
7 LOS PADRES DE FAMILIA.. 36
7.1 PERFIL DE LOS PADRES DE FAMILIA.. 36
7.2 DEBERES DE LOS PADRES DE FAMILIA.. 37
7.3 DERECHOS DE LOS PADRES DE FAMILIA.. 39
8 LOS DIRECTIVOS, DOCENTES, ADMINISTRATIVOS Y EMPLEADOS.. 40
8.1 LOS COORDINADORES GENERALES.. 40
8.2 LOS DOCENTES.. 42
8.2.1 Deberes de los docentes. 42
8.2.2 Funciones del docente orientador: 46
9 LOS EMPLEADOS.. 49
10 LAS FALTAS, EL CONDUCTO REGULAR Y EL DEBIDO PROCESO.. 50
10.1 CLASIFICACIÓN DE FALTAS EN QUE PUEDE INCURRIR EL ESTUDIANTE.. 50
10.1.1 Faltas TIPO I. 50
10.1.2 Faltas TIPO II. 52
10.1.3 Faltas TIPO III. 55
10.2 EL DEBIDO PROCESO.. 57
10.3 ATENUANTE.. 58
10.4 AGRAVANTE.. 58
10.5 CORRECTIVOS PEDAGÓGICOS.. 59
10.6 DEBIDO PROCESO PARA LA APLICACIÓN DE CORRECTIVOS Y SANCIONES.. 59
10.6.1 Nota al debido proceso. 60
10.6.2 Principios básicos u orientaciones al debido proceso. 60
10.7 CORRECTIVOS PEDAGÓGICOS.. 61
10.7.1 Etapa informativa: 61
10.7.2 Etapa analítica. 61
10.7.3 Etapa decisoria. 62
10.8 COMPETENCIAS, TÉRMINOS Y SANCIONES APLICABLES PARA CADA CASO: 62
10.8.1 Faltas TIPO I: 62
10.8.2 Protocolo para las faltas TIPO I: 62
10.8.3 Sanciones Aplicables. 63
10.8.4 Competencias. 63
10.8.5 Términos para actuar 63
10.8.6 Procedimiento a seguir 64
10.8.7 Cuadro de faltas TIPO I y procedimiento. 65
10.8.8 Faltas TIPO II 68
10.8.9 Protocolo para las faltas TIPO II: 68
10.8.10 Sanciones aplicables. 70
10.8.11 Competencias. 70
10.8.12 Términos para actuar 71
10.8.13 Cuadro de faltas TIPO II y procedimiento. 72
10.9 FALTAS TIPO III 74
10.9.1 Protocolo para las faltas tipo III 74
10.9.2 Sanciones. 75
10.9.3 Competencias. 75
10.9.4 Términos para actuar 76
10.9.5 Cuadro de faltas TIPO III y procedimiento. 77
9.7 DERECHOS DEL ESTUDIANTE QUE SE ENCUENTRA COMPROMETIDO CON UN DEBIDO PROCESO DISCIPLINARIO: 80
10.9.6 CONDUCTO REGULAR PARA CASOS ACADÉMICOS. 81
10.9.7 CONDUCTO REGULAR PARA CASOS DISCIPLINARIOS. 81
11 DEL GOBIERNO ESCOLAR.. 82
11.1 EL RECTOR. 82
11.2 Funciones del rector 82
11.3 Resolución Rectoral 84
11.4 EL CONSEJO DIRECTIVO: 84
11.4.1 Funciones del CONSEJO DIRECTIVO. 84
11.5 EL CONSEJO ACADÉMICO.. 86
11.5.1 De los integrantes. 86
11.5.2 Periodo de ejercicio. 86
11.5.3 Las sesiones de trabajo. 86
11.5.4 Del QUÓRUM.. 87
11.5.5 Funciones del Consejo Académico. 87
11.6 EL PERSONERO(A) ESTUDIANTIL. 87
11.6.1 Funciones del Personero. 87
11.7 EL CONTRALOR (A) ESTUDIANTIL. 88
11.7.1 De la elección para la Contraloría. 88
11.7.2 Funciones del Contralor 88
11.8 EL CONSEJO DE ESTUDIANTES.. 90
11.8.1 Funciones del Consejo de Estudiantes. 90
11.8.2 Funciones del Representante de Grupo. 90
11.9 EL CONSEJO DE PADRES.. 91
11.9.1 FUNCIONES DEL CONSEJO DE PADRES.. 91
11 COMITÉ ESCOLAR DE CONVIVENCIA. 93
11.1 CONFORMACIÓN.. 93
11.2 FUNCIONES DEL COMITÉ ESCOLAR DE CONVIVENCIA: 93
11.10 REGLAMENTO INTERNO DEL COMITÉ ESCOLAR DE CONVIVENCIA ESCOLAR.. 94
11.11 RUTA DE ATENCIÓN INTEGRAL. 95
11.12 LA RUTA DE ATENCIÓN EXTERNA SERÁ: 95
11.13 JORNADA ESCOLAR.. 96
12 SISTEMA INSTITUCIONAL DE EVALUACIÓN. (SIE). 97
12.1 ESCALA VALORATIVA.. 97
13.1 REPROBACIÓN DEL AÑO ESCOLAR: 97
13.3 PROMOCIÓN ANTICIPADA. 98
12.2 DERECHOS Y DEBERES EN EL PROCESO FORMATIVO DE LOS ESTUDIANTES. 100
12.3 DERECHOS Y DEBERES DE LOS PADRES DE FAMILIA.. 101
12.4 GRADUACIÓN. 101
CONCEPTOS Y DEFINICIONES.. 103
“Cuando rezamos hablamos con Dios, pero cuando leemos es Dios quien habla con nosotros”
San Agustín
San Agustín
CARTA DEL RECTOR
Los primeros días del año son fecundos en buenos propósitos que unidos a una decisión acertada y buen comportamiento, nos permitirá lograr muchas cosas. Una decisión no es un deber vago, significa comprometerse, jugarse todas las cartas, es apasionarse y es por ello, que necesitamos contar con buenos aliados para promover, animar y dar mutuo apoyo.
Las buenas acciones y mejores decisiones, se fortalecen cuando actuamos con honestidad, responsabilidad, y en especial cuando contamos con el poder de nuestro papá Dios. Qué bueno que elijamos estar atentos en el aquí y en el ahora, estupendo que decidamos aceptar a otros y centrar nuestras vidas en buenas acciones. De todos depende que el cambio comience ya. ¿Si no es ahora, cuándo?
La Institución Educativa La Paz, te acoge con especial alegría y está comprometida con una educación íntegra de la mejor calidad, te quiere ver creciendo en la experiencia de valores humanos y que seamos mejores CRISTIANOS. Espera de toda la comunidad el mejor testimonio y el deseo de contar con estudiantes generosos, honestos y mejores ciudadanos.
Con el presente Manual de Convivencia, nos reconocemos como integrantes de nuestra muy querida comunidad educativa y actores activos con todos nuestros logros alcanzados y fracasos vividos. La Institución Educativa La Paz, es nuestro compromiso y el éxito por llegar, nos pertenece.
Con sentimiento de aprecio,
Jorge Mario Henao Arroyave
Rector.
“Educad a los niños y no será necesario castigar a los hombres”
Pitágoras
Los primeros días del año son fecundos en buenos propósitos que unidos a una decisión acertada y buen comportamiento, nos permitirá lograr muchas cosas. Una decisión no es un deber vago, significa comprometerse, jugarse todas las cartas, es apasionarse y es por ello, que necesitamos contar con buenos aliados para promover, animar y dar mutuo apoyo.
Las buenas acciones y mejores decisiones, se fortalecen cuando actuamos con honestidad, responsabilidad, y en especial cuando contamos con el poder de nuestro papá Dios. Qué bueno que elijamos estar atentos en el aquí y en el ahora, estupendo que decidamos aceptar a otros y centrar nuestras vidas en buenas acciones. De todos depende que el cambio comience ya. ¿Si no es ahora, cuándo?
La Institución Educativa La Paz, te acoge con especial alegría y está comprometida con una educación íntegra de la mejor calidad, te quiere ver creciendo en la experiencia de valores humanos y que seamos mejores CRISTIANOS. Espera de toda la comunidad el mejor testimonio y el deseo de contar con estudiantes generosos, honestos y mejores ciudadanos.
Con el presente Manual de Convivencia, nos reconocemos como integrantes de nuestra muy querida comunidad educativa y actores activos con todos nuestros logros alcanzados y fracasos vividos. La Institución Educativa La Paz, es nuestro compromiso y el éxito por llegar, nos pertenece.
Con sentimiento de aprecio,
Jorge Mario Henao Arroyave
Rector.
“Educad a los niños y no será necesario castigar a los hombres”
Pitágoras
UNA PRECIOSA FACTURA
Cierta tarde un pequeño se acercó a su madre, que preparaba la cena en la cocina, y le entregó una hoja de papel en la que había escrito algo. Después de secarse las manos y quitarse el delantal, leyó lo que decía la nota:
Cierta tarde un pequeño se acercó a su madre, que preparaba la cena en la cocina, y le entregó una hoja de papel en la que había escrito algo. Después de secarse las manos y quitarse el delantal, leyó lo que decía la nota:
Al terminar la lectura, la madre miró con seriedad al chico mientras él aguardaba expectante. Sin decir palabra tomó un lapicero y en el reverso de la misma hoja anotó:
“La educación es la preparación a la vida completa”.
Herbert Spences
“La educación es la preparación a la vida completa”.
Herbert Spences
Cuando el niño terminó de leer lo que ella había escrito, tenía los ojos llenos de lágrimas. La miró a los ojos y le dijo: -Te quiero, mamá.
Luego tomó el lapicero y escribió con letra muy grande en el papel:
“TOTALMENTE PAGADO”.
¿Por qué reclamamos derechos que no concedemos a los padres?
¿No es muy clara la diferencia entre las “cosas” y el amor?
Anónimo.
1 PRESENTACIÓN A TODA LA COMUNIDAD EDUCATIVA
Luego tomó el lapicero y escribió con letra muy grande en el papel:
“TOTALMENTE PAGADO”.
¿Por qué reclamamos derechos que no concedemos a los padres?
¿No es muy clara la diferencia entre las “cosas” y el amor?
Anónimo.
1 PRESENTACIÓN A TODA LA COMUNIDAD EDUCATIVA
El Reglamento o Manual de Convivencia que hoy llega a tus manos y después de formalizar tu pertenencia a la Institución Educativa La Paz, corresponde a lo dispuesto por la ley general de educación, al Decreto 1860 de agosto 3 de 1994, Decreto 1290 de abril 16 de 2009, a la Constitución Nacional, al Código de Infancia y Adolescencia (Ley 1098 de nov. 8 de 2006), a la ley 1620 de marzo 15 de 2013, al decreto 1965 de septiembre 11 de 2013 y en general a todas las normas que reglamentan aspectos y asuntos referidos a la niñez, la juventud, la adolescencia, la educación de adultos y a la responsabilidad que todos tenemos como padres de familia, directivos, docentes y comunidad educativa en general.
En el Manual de Convivencia, podrán encontrar la definición de los derechos y deberes de los estudiantes y de sus relaciones con los demás estamentos de la comunidad educativa y en general, todos los aspectos referidos en éste sentido por la ley general de educación.
“Donde hay educación no hay distinción de clases”.
Confucio
Reglas de higiene personal y de salud pública, criterios de respeto, valoración y compromiso frente a la utilización y conservación de los bienes personales y de uso colectivo, pautas que regulan nuestra relación con el medio ambiente escolar, normas de comportamiento de estudiantes y educadores, procedimientos para resolver con oportunidad y justicia los conflictos que se presentan entre miembros de la comunidad, pautas de presentación personal, definición de sanción disciplinaria, incluyendo el derecho a la defensa (el debido proceso), reglas para la elección de representantes al consejo directivo, personero(a) estudiantil, contralor(a) estudiantil y demás consejos previstos, calidades y condiciones de los servicios de bienestar estudiantil que ofrece la institución, funcionamiento y operación de los medios de comunicación interna y reglas para el uso de la biblioteca escolar son los aspectos fundamentales del Manual de Convivencia.
Como práctica continua, el Manual de Convivencia escolar, se propone formar en el aprendizaje de la convivencia como valor fundamental y objetivo primordial de la educación y para ello, es necesario que los estudiantes vivencien principios de respeto y tolerancia, practicados y ejemplificados en la cotidianidad de quienes tienen la responsabilidad institucional de formarlos: padres de familia, educadores y sociedad en general.
La ley general de educación, otorga a los establecimientos educativos la facultad de expedir normas que permiten garantizar la convivencia. En todos los casos y ante una situación irregular frente al Manual de Convivencia, el estudiante se verá favorecido por el DEBIDO PROCESO, procurando hasta donde sea posible, la permanencia escolar. Las suspensiones y exclusiones, sólo serán aplicables a casos excepcionales y ante el incumplimiento sistemático del Manual de Convivencia y muy especialmente la comisión de faltas TIPO II y III.
“El principal objeto de la educación no es el de enseñarnos a ganar el pan, sino en capacitarnos para hacer agradable cada bocado.” Anónimo.
Finalmente, se pretende con el Manual de Convivencia, formar personas íntegras, respetuosas de los derechos de los demás, responsables con sus derechos y cumplidoras de sus deberes, seres que tengan la experiencia de valores humanos y cristianos, estudiantes competentes en las áreas del conocimiento y capaces de desenvolverse en el entorno social.
Padres de familia, educadores, directivos, estudiantes y comunidad educativa en general, quedamos comprometidos a partir de la convivencia y experiencias de relaciones de mutuo respeto a hacer de nuestra institución un espacio de crecimiento personal y consolidarla en el ámbito Municipal, caracterizada por su honestidad y rectitud en todas sus actuaciones.
“Enseñar a quien no quiere aprender es como sembrar un campo sin ararlo”. Richard Whately.
2 HORIZONTE INSTITUCIONAL
2.1 FILOSOFÍA
La Institución Educativa La Paz, propende por una educación integral, la cual ha de conducir al pleno desarrollo de la personalidad a través del respeto, la comprensión, la responsabilidad, la investigación, el desarrollo de competencias, la experiencia y vivencia de valores humanos y la convivencia social, tomando al estudiante como el centro del proceso educativo para hacerlo partícipe activo de su propia formación.
2.2 MISIÓN
Formar estudiantes íntegros, competentes para la investigación, el trabajo, la sensibilidad artística y ecológica, utilizando tecnologías y talleres prácticos al igual que en el aprecio y valoración de nuestra identidad cultural, respondiendo a criterios éticos, académicos, técnicos, democráticos y ecológicos.
2.3 VISIÓN
La Institución Educativa La Paz ha de consolidarse y convertirse para el año 2020, una de las mejores del Municipio del Departamento y del País, comprometida con la formación integral de sus estudiantes, fortalecida con la formación técnica y reconocida como una de las instituciones educativas con mayor aceptación dentro del medio, por la pertinencia de su currículo, sus innovaciones pedagógicas, la permanente capacitación de sus docentes, la calidad, idoneidad y en general, la competitividad en el desempeño de sus egresados.
“Tan solo por la educación se puede llegar a ser hombre. El hombre no es más de lo que la educación hace de él”
Emanuel Kant.
2.4 PRINCIPIOS
Además de los principios propios de la institución consignados en el Proyecto Educativo Institucional, nos acogemos a los señalados en el artículo 5° de la ley 1620.
2.4.1 La participación:La institución educativa garantiza el derecho a la participación de los estudiantes en el desarrollo de las estrategias y acciones que se adelanten dentro de los mismos en el marco del Sistema Nacional de Convivencia.
2.4.2 Corresponsabilidad:La familia, los establecimientos educativos, la sociedad y el Estado son corresponsables de la formación ciudadana, la promoción de la convivencia escolar, la educación para el ejercicio de los derechos humanos, sexuales y reproductivos de los educandos desde sus respectivos ámbitos de acción.
2.4.3 Autonomía:Los individuos, entidades territoriales e instituciones educativas son autónomos en concordancia con la Constitución Política y dentro de los límites fijados por las leyes, normas y disposiciones.
2.4.4 Diversidad:La convivencia Institucional se fundamenta en el reconocimiento, respeto y valoración de la dignidad propia y ajena, sin discriminación por razones de género, orientación o identidad sexual, etnia o condición física, social o cultural. Los niños, niñas, adolescentes y adultos tienen derecho a recibir una educación y formación que se fundamente en una concepción integral de la persona y la dignidad humana, en ambientes pacíficos, democráticos e incluyentes.
“Prefiero apostarle a la paz y equivocarme, que apostarle a la guerra y acertar”
Antanas Mokus
2.4.5 Integralidad:
La filosofía del sistema de convivencia, será integral y estará orientada hacia la promoción de la educación para la autorregulación del individuo y de la educación en el respeto a la Constitución y las leyes.
3 SÍMBOLOS DE LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA LA PAZ
3.1 HIMNO A LA INSTITUCIÓN
Beatriz Elena Cardona García
Música. Jesús Bernal Ramírez
María Eugenia Suárez Ospina
CORO
Loor y gloria al colegio querido
dulce hogar de bondad y saber
donde el sol del oriente refulge
orgullosos de vernos crecer.
I
En un mundo que vive la guerra
el colegio es remanso de paz
el educa, orienta y moldea
y nos lleva de Dios a la faz.
II
En su historia magnifica encierra
sacrificios, nobleza al obrar,
el trabajo de muchas personas
incansables en su arduo luchar.
III
En sus claustros crece la vida
como un himno a la paz y al amor
do natura es hermana querida
esperanza de un mundo mejor.
IV
En ambiente de sana alegría
nos hacemos personas de bien
aprendiendo el amor a la vida,
a la patria, al hermano también.
V
Aquí ciencia y virtud se conjugan,
la piedad es sendero de luz,
que a buscar la verdad nos conduce
y por ella al Señor de la cruz.
3.2 LA BANDERA
En el Manual de Convivencia, podrán encontrar la definición de los derechos y deberes de los estudiantes y de sus relaciones con los demás estamentos de la comunidad educativa y en general, todos los aspectos referidos en éste sentido por la ley general de educación.
“Donde hay educación no hay distinción de clases”.
Confucio
Reglas de higiene personal y de salud pública, criterios de respeto, valoración y compromiso frente a la utilización y conservación de los bienes personales y de uso colectivo, pautas que regulan nuestra relación con el medio ambiente escolar, normas de comportamiento de estudiantes y educadores, procedimientos para resolver con oportunidad y justicia los conflictos que se presentan entre miembros de la comunidad, pautas de presentación personal, definición de sanción disciplinaria, incluyendo el derecho a la defensa (el debido proceso), reglas para la elección de representantes al consejo directivo, personero(a) estudiantil, contralor(a) estudiantil y demás consejos previstos, calidades y condiciones de los servicios de bienestar estudiantil que ofrece la institución, funcionamiento y operación de los medios de comunicación interna y reglas para el uso de la biblioteca escolar son los aspectos fundamentales del Manual de Convivencia.
Como práctica continua, el Manual de Convivencia escolar, se propone formar en el aprendizaje de la convivencia como valor fundamental y objetivo primordial de la educación y para ello, es necesario que los estudiantes vivencien principios de respeto y tolerancia, practicados y ejemplificados en la cotidianidad de quienes tienen la responsabilidad institucional de formarlos: padres de familia, educadores y sociedad en general.
La ley general de educación, otorga a los establecimientos educativos la facultad de expedir normas que permiten garantizar la convivencia. En todos los casos y ante una situación irregular frente al Manual de Convivencia, el estudiante se verá favorecido por el DEBIDO PROCESO, procurando hasta donde sea posible, la permanencia escolar. Las suspensiones y exclusiones, sólo serán aplicables a casos excepcionales y ante el incumplimiento sistemático del Manual de Convivencia y muy especialmente la comisión de faltas TIPO II y III.
“El principal objeto de la educación no es el de enseñarnos a ganar el pan, sino en capacitarnos para hacer agradable cada bocado.” Anónimo.
Finalmente, se pretende con el Manual de Convivencia, formar personas íntegras, respetuosas de los derechos de los demás, responsables con sus derechos y cumplidoras de sus deberes, seres que tengan la experiencia de valores humanos y cristianos, estudiantes competentes en las áreas del conocimiento y capaces de desenvolverse en el entorno social.
Padres de familia, educadores, directivos, estudiantes y comunidad educativa en general, quedamos comprometidos a partir de la convivencia y experiencias de relaciones de mutuo respeto a hacer de nuestra institución un espacio de crecimiento personal y consolidarla en el ámbito Municipal, caracterizada por su honestidad y rectitud en todas sus actuaciones.
“Enseñar a quien no quiere aprender es como sembrar un campo sin ararlo”. Richard Whately.
2 HORIZONTE INSTITUCIONAL
2.1 FILOSOFÍA
La Institución Educativa La Paz, propende por una educación integral, la cual ha de conducir al pleno desarrollo de la personalidad a través del respeto, la comprensión, la responsabilidad, la investigación, el desarrollo de competencias, la experiencia y vivencia de valores humanos y la convivencia social, tomando al estudiante como el centro del proceso educativo para hacerlo partícipe activo de su propia formación.
2.2 MISIÓN
Formar estudiantes íntegros, competentes para la investigación, el trabajo, la sensibilidad artística y ecológica, utilizando tecnologías y talleres prácticos al igual que en el aprecio y valoración de nuestra identidad cultural, respondiendo a criterios éticos, académicos, técnicos, democráticos y ecológicos.
2.3 VISIÓN
La Institución Educativa La Paz ha de consolidarse y convertirse para el año 2020, una de las mejores del Municipio del Departamento y del País, comprometida con la formación integral de sus estudiantes, fortalecida con la formación técnica y reconocida como una de las instituciones educativas con mayor aceptación dentro del medio, por la pertinencia de su currículo, sus innovaciones pedagógicas, la permanente capacitación de sus docentes, la calidad, idoneidad y en general, la competitividad en el desempeño de sus egresados.
“Tan solo por la educación se puede llegar a ser hombre. El hombre no es más de lo que la educación hace de él”
Emanuel Kant.
2.4 PRINCIPIOS
Además de los principios propios de la institución consignados en el Proyecto Educativo Institucional, nos acogemos a los señalados en el artículo 5° de la ley 1620.
2.4.1 La participación:La institución educativa garantiza el derecho a la participación de los estudiantes en el desarrollo de las estrategias y acciones que se adelanten dentro de los mismos en el marco del Sistema Nacional de Convivencia.
2.4.2 Corresponsabilidad:La familia, los establecimientos educativos, la sociedad y el Estado son corresponsables de la formación ciudadana, la promoción de la convivencia escolar, la educación para el ejercicio de los derechos humanos, sexuales y reproductivos de los educandos desde sus respectivos ámbitos de acción.
2.4.3 Autonomía:Los individuos, entidades territoriales e instituciones educativas son autónomos en concordancia con la Constitución Política y dentro de los límites fijados por las leyes, normas y disposiciones.
2.4.4 Diversidad:La convivencia Institucional se fundamenta en el reconocimiento, respeto y valoración de la dignidad propia y ajena, sin discriminación por razones de género, orientación o identidad sexual, etnia o condición física, social o cultural. Los niños, niñas, adolescentes y adultos tienen derecho a recibir una educación y formación que se fundamente en una concepción integral de la persona y la dignidad humana, en ambientes pacíficos, democráticos e incluyentes.
“Prefiero apostarle a la paz y equivocarme, que apostarle a la guerra y acertar”
Antanas Mokus
2.4.5 Integralidad:
La filosofía del sistema de convivencia, será integral y estará orientada hacia la promoción de la educación para la autorregulación del individuo y de la educación en el respeto a la Constitución y las leyes.
3 SÍMBOLOS DE LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA LA PAZ
3.1 HIMNO A LA INSTITUCIÓN
Beatriz Elena Cardona García
Música. Jesús Bernal Ramírez
María Eugenia Suárez Ospina
CORO
Loor y gloria al colegio querido
dulce hogar de bondad y saber
donde el sol del oriente refulge
orgullosos de vernos crecer.
I
En un mundo que vive la guerra
el colegio es remanso de paz
el educa, orienta y moldea
y nos lleva de Dios a la faz.
II
En su historia magnifica encierra
sacrificios, nobleza al obrar,
el trabajo de muchas personas
incansables en su arduo luchar.
III
En sus claustros crece la vida
como un himno a la paz y al amor
do natura es hermana querida
esperanza de un mundo mejor.
IV
En ambiente de sana alegría
nos hacemos personas de bien
aprendiendo el amor a la vida,
a la patria, al hermano también.
V
Aquí ciencia y virtud se conjugan,
la piedad es sendero de luz,
que a buscar la verdad nos conduce
y por ella al Señor de la cruz.
3.2 LA BANDERA
De color blanco, lleva en el centro el escudo de la Institución
BLANCO:
“Educación es algo que reciben los más, que muchos trasmiten y que pocos tienen”.
Karl Kraus.
3.3 EL ESCUDO
BLANCO:
- El blanco como presencia de todos los colores, representa virtudes como la pureza del cuerpo y del espíritu que sólo se consiguen practicando el amor a la verdad.
- Es luminosidad y claridad, que nos orienta sin temor a equivocarnos hasta encontrar a Dios, para que Él con su sabiduría y bondad infinita, nos ayude a recorrer siempre el camino del bien.
- Es equidad, porque teniendo la misma intensidad, nos invita a ser justos en nuestro diario actuar. Podríamos decir que el color blanco es una filosofía holística, porque en él se enmarcan los valores que la persona debe practicar.
“Educación es algo que reciben los más, que muchos trasmiten y que pocos tienen”.
Karl Kraus.
3.3 EL ESCUDO
La forma circular indica que las tres palabras que constituyen nuestro carisma (Convivencia, Sabiduría y Paz), tienen la misma importancia equidistando del centro del círculo, donde iría implícita la palabra fundamental, “educando”, porque es él quien debe apropiarse de este lema; además el círculo representa la fortaleza con que debemos defender la Institución de lo que pueda debilitar la paz, la sabiduría y la convivencia, enmarcado en un proceso inacabado como es la sabiduría.
Convivencia significa compartir con el semejante, vivir en forma pacífica y alegre, respetando la diferencia y siendo responsables para cumplir a satisfacción con todas las obligaciones que estipula el Manual de Convivencia.
“Acusar a los demás de los infortunios propios es un signo de falta de educación. Acusarse a uno mismo, demuestra que la educación ha comenzado”.
Epítecto.
La sabiduría es un don del espíritu santo concedido a cada persona, para que discerniendo el bien del mal, sea considerada sabia y capaz de adaptarse al mundo y lo transforme para el bien de todos.
La paz es un estado de ánimo interior, en el que se convive en armonía consigo mismo, con Dios, con los demás y con la naturaleza. Hemos de entender todos que la paz al igual que la alegría no es un estado al cual se llega, sino la constante búsqueda y construcción de la tranquilidad del espíritu.
La estrella es el horizonte, la máxima altura desde donde se puede orientar la Institución, para guiar a los educandos y a quienes conformamos la Institución Educativa La Paz, a no perder la brújula que nos muestre el verdadero camino de la ciencia y la sabiduría y ayudándonos a elaborar nuestro proyecto de vida, encontremos a Dios como la máxima meta que debemos procurar.
La paloma por su mansedumbre significa humildad, valor que debemos acrecentar, tiene además una representación trascendente: El Espíritu Santo con sus dones y sus frutos, ayudándonos a conseguir la felicidad terrena.
El sol representa la máxima luminosidad, la claridad con la cual se pueden ver las cosas, es una invitación a actuar con transparencia, con honestidad y sobre todo, honor a la verdad. El sol es la vida misma, su energía, es vitalidad que nos impulsa a conocer e investigar lo más profundo de la ciencia.
Las manos representan el trabajo, son el instrumento fundamental con las que hemos trasformado al mundo. Las manos son suaves y cariñosas cuando acarician con ternura y son fuertes cuando el trabajo y el bien que podamos hacer a los demás, así lo requieren.
Las espigas indican que el fruto ya está maduro. Simbolizan el crecimiento integral de nuestros estudiantes, el alcance de los logros actitudinales, aptitudinales y cognitivos que la Institución les propone.
3.4 UNIFORMES
3.4.1 Uniforme de gala para las mujeres: Yomber a cuadros grises con rayas azules y rojas cubriendo la rodilla, blusa manga tres cuartos, zapatos negros colegiales de cordones, medias azules oscuras las que deben llevar subidas y saco de lana de color gris con escudo de la Institución Educativa La Paz.
Convivencia significa compartir con el semejante, vivir en forma pacífica y alegre, respetando la diferencia y siendo responsables para cumplir a satisfacción con todas las obligaciones que estipula el Manual de Convivencia.
“Acusar a los demás de los infortunios propios es un signo de falta de educación. Acusarse a uno mismo, demuestra que la educación ha comenzado”.
Epítecto.
La sabiduría es un don del espíritu santo concedido a cada persona, para que discerniendo el bien del mal, sea considerada sabia y capaz de adaptarse al mundo y lo transforme para el bien de todos.
La paz es un estado de ánimo interior, en el que se convive en armonía consigo mismo, con Dios, con los demás y con la naturaleza. Hemos de entender todos que la paz al igual que la alegría no es un estado al cual se llega, sino la constante búsqueda y construcción de la tranquilidad del espíritu.
La estrella es el horizonte, la máxima altura desde donde se puede orientar la Institución, para guiar a los educandos y a quienes conformamos la Institución Educativa La Paz, a no perder la brújula que nos muestre el verdadero camino de la ciencia y la sabiduría y ayudándonos a elaborar nuestro proyecto de vida, encontremos a Dios como la máxima meta que debemos procurar.
La paloma por su mansedumbre significa humildad, valor que debemos acrecentar, tiene además una representación trascendente: El Espíritu Santo con sus dones y sus frutos, ayudándonos a conseguir la felicidad terrena.
El sol representa la máxima luminosidad, la claridad con la cual se pueden ver las cosas, es una invitación a actuar con transparencia, con honestidad y sobre todo, honor a la verdad. El sol es la vida misma, su energía, es vitalidad que nos impulsa a conocer e investigar lo más profundo de la ciencia.
Las manos representan el trabajo, son el instrumento fundamental con las que hemos trasformado al mundo. Las manos son suaves y cariñosas cuando acarician con ternura y son fuertes cuando el trabajo y el bien que podamos hacer a los demás, así lo requieren.
Las espigas indican que el fruto ya está maduro. Simbolizan el crecimiento integral de nuestros estudiantes, el alcance de los logros actitudinales, aptitudinales y cognitivos que la Institución les propone.
3.4 UNIFORMES
3.4.1 Uniforme de gala para las mujeres: Yomber a cuadros grises con rayas azules y rojas cubriendo la rodilla, blusa manga tres cuartos, zapatos negros colegiales de cordones, medias azules oscuras las que deben llevar subidas y saco de lana de color gris con escudo de la Institución Educativa La Paz.
3.4.2 Uniforme de gala para hombres:Pantalón azul oscuro en lino sin prenses, camiseta blanca cuello verde oscuro y borde verde con el escudo del colegio bordado verde, zapatos negros de cordones, medias azules, correa negra de cuero y saco de lana color gris con escudo de la Institución Educativa La Paz.
3.4.2 Uniforme de gala para hombres:Pantalón azul oscuro en lino sin prenses, camiseta blanca cuello verde oscuro y borde verde con el escudo del colegio bordado verde, zapatos negros de cordones, medias azules, correa negra de cuero y saco de lana color gris con escudo de la Institución Educativa La Paz.
“Donde hay educación no hay distinción de clases”.
Confucio
Confucio
3.4.3 Uniforme de educación física Hombres y Mujeres: Sudadera bota ancha y recta color verde olivo, chompa verde olivo, medias largas y blancas y tenis totalmente blancos con cordones y sin rayas de colores.
“Donde hay educación no hay distinción de clases”.
Confucio
Confucio
4. OBJETIVOS DEL MANUAL DE CONVIVENCIA
2. Participar como comunidad educativa, en el proceso de formación integral a la luz de los valores humanos y cristianos.
3. Presentar un marco de referencia válido para facilitar la solución justa, serena, equitativa y amable de las posibles situaciones conflictivas que se presenten.
4. Promover en el estudiante la autoformación, la autonomía, la autoexigencia, la autodisciplina y la formación de la voluntad.
5. Estimular diferentes mecanismos de convivencia pacífica y democrática en toda la comunidad educativa.
6. Propiciar el respeto por la diferencia en todos los campos de la actividad humana.
“A pesar de que ya soy mayor, sigo aprendiendo de mis discípulos”.
Cicerón
5 FUNDAMENTACIÓN LEGAL DEL MANUAL DE CONVIVENCIA
Los reglamentos o Manuales de Convivencia fundamentan su parte legal en los artículos 73 y 87 de la ley 115 de 1994, en el artículo 17 del decreto 1860 de agosto 3 de 1994, decreto 1290 de abril 16 del 2009, la ley 1620 de marzo 15 de 2013, el decreto 1965 de septiembre 11 de 2013. Su construcción debe hacerse además, con base en los principios constitucionales, las políticas del Ministerio de Educación Nacional, la Declaración Universal de los Derechos del Niño, la ley 1098 de 2006 y todas las normas relacionadas con la niñez y la adolescencia y para el caso de la Institución Educativa La Paz, se ha de tener en cuenta la normatividad contenida en el Decreto 3011 de 1997, referida a la educación formal de adultos.
El Manual de Convivencia, ha de favorecer la construcción de la democracia participativa desde las comunidades educativas, debe estar definida en términos de reciprocidad y equidad en las relaciones interpersonales y estas han de ser respetuosas, solidarias y afectivas.
En desarrollo de la ley 1620, el Manual de Convivencia contribuye a la protección de los derechos humanos, sexuales y reproductivos, a la mitigación de la violencia y el acoso escolar, así como a la formación de ciudadanos activos que aporten a la construcción de una sociedad democrática, participativa, pluralista e intercultural.
Los Manuales de Convivencia, se proponen fundamentar las normas de convivencia que han de regir a los diferentes estamentos de la comunidad educativa, reglas claras donde cada instancia asume las responsabilidades propias de su cargo o condición, además de formar personas responsables, honestas, autónomas y con capacidad de contribuir a la construcción de la sociedad.
“Educación es lo que sobrevive cuando se olvida lo que se ha aprendido”.
Burrhus Frederic Skinner.
Ley 115 de 1994, Artículo 87. Los establecimientos educativos tendrán un reglamento o Manual de Convivencia, en el cual se definan los derechos y obligaciones de los estudiantes. Los padres o tutores al formalizar las matrículas correspondientes en representación de sus hijos, estarán aceptando el contenido del mismo.
Decreto 1860 de 1994, artículo 17. Reglamento o Manual de Convivencia. De acuerdo con lo estipulado en los artículos 73 y 87 de la ley 115 de 1994, todos los establecimientos educativos deben tener como parte integrante del Proyecto Educativo Institucional, un reglamento o Manual de Convivencia, que ha de contener la definición de los deberes y derechos de los estudiantes y de sus relaciones con los demás estamentos de la comunidad educativa.
Ley 1620 de marzo 15 de 2013. Por la cual se crea el Sistema Nacional de Convivencia Escolar y formación para el ejercicio de los derechos humanos, la educación para la sexualidad y la prevención y mitigación de la violencia escolar.
Decreto 1965 de septiembre 11 de 2013 que reglamenta la ley 1620. Las leyes 715 de 2001 y 734 de 2002, regulan los Manuales de funciones del personal de docentes y directivos docentes, además del régimen disciplinario que los acoge como funcionarios del estado Colombiano. El decreto 1286 de 2005, también es soporte de este manual en las funciones y responsabilidades de las asociaciones de padres de familia.
“La educación es algo admirable, sin embargo, es bueno recordar, que nada que valga la pena se puede enseñar”.
Oscar Wilde
6 LOS ESTUDIANTES6.1 PERFIL DEL ESTUDIANTE.
Los estudiantes de la Institución Educativa La Paz se caracterizan por ser ciudadanos responsables, críticos, leales, honestos y capaces de encontrar solución pacífica a los conflictos, proteger el medio ambiente y aprovechar adecuadamente el tiempo libre.
Toleran y respetan los derechos humanos, manifiestan su sentido de pertenencia por la institución, su entorno y un amor grande por su patria Colombia. Son creativos, líderes en la ejecución de proyectos de bienestar común, reflexivos y de un profundo aprecio por las expresiones artísticas, deportivas, culturales y la convivencia social, que descubriendo el sentido de la vida y su valor fundamental, logran un conocimiento real del mundo en que viven, se aceptan a sí mismos y a los demás, eligen opciones rectas y libres en su cotidianidad, participando democráticamente y obrando en principios éticos y religiosos, comparten saberes, conocimientos y respetan otros conceptos e ideologías.
6.2 COMPORTAMIENTOS DE LOS ESTUDIANTES QUE MERECEN SER ESTIMULADOS POR LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA LA PAZ.
“La educación es algo que recibimos cuando nuestro padre nos manda a la universidad, pero no estará completa mientras no mandemos allí a nuestro propio hijo”.
Anónimo
6.3 ESTÍMULOS POR LAS BUENAS ACTUACIONES:
La Institución Educativa La Paz se compromete con reconocimientos y estímulos por todas las buenas actuaciones. El Rector, consejo directivo, los educadores y en general toda La organización estudiantil, procurarán menciones especiales. Entre otros estímulos están los siguientes:
“En la educación de los niños es más conveniente decir no en voz baja que decir si gritando”.
Angel Jornán Goñi
Los reconocimientos serán entregados a los estudiantes más destacados por su excelencia académica y disciplinaria, espíritu deportivo, valores artísticos, compromiso comunitario y sentido de pertenencia.
También serán reconocidos los educadores, directivos docentes y personal administrativo que se destacan por sus mejores desempeños y las familias que hayan manifestado su espíritu de cooperación y sentido de pertenencia con la institución.
6.4 DERECHOS DE LOS ESTUDIANTES
“Educar no es dar carrera para vivir sino templar el alma para las dificultades de la vida”
Pitágoras.
Platón
“La única educación eterna es ésta: estar lo bastante seguro de una cosa, para atreverse a decírsela a un niño”
Gilbert K. Chesterton.
“Toda persona tiene deberes respecto a la comunidad puesto que sólo en ella puede desarrollar libre y plenamente su personalidad”
Art. 29 No. 1 Ded. Univ. De los D.H.
6.5DEBERES DE LOS ESTUDIANTES
“Por la ignorancia se desciende a la servidumbre, por la educación se asciende a la libertad”.
Diego Luis Córdoba.
“Todos nosotros sabemos algo. Todos nosotros ignoramos algo. Por eso, aprendemos siempre” Anónimo
“Los libros nos dan consejos que no se atreverían a darnos nuestros amigos”. Pompilio, Numa
6.6 PROHIBICIONES PARA LOS ESTUDIANTES
A los estudiantes de la Institución Educativa La Paz no les está permitido:
“Dar ejemplo es la principal manera de influir sobre los demás, es la única manera”.
Albert Einsten
PARÁGRAFO: Incumplir las prohibiciones se considera falta tipo II o III, según el caso.
6.7 COMPORTAMIENTO DE LOS ESTUDIANTES.
Son todas las actitudes y disposiciones de ánimo manifestadas habitualmente que favorecen la vida en comunidad, el actuar responsable y libre de los educandos para hacer las cosas como deben hacerse en todo tiempo y lugar de acuerdo con el Manual de Convivencia
“Dime y lo olvido, enséñame y lo recuerdo, involúcrame y lo aprendo”. Benjamin Franklin
“Dos excesos deben evitarse en la educación de la juventud:
Demasiada severidad y demasiada dulzura”.
Platón.
7 LOS PADRES DE FAMILIA
7.1 PERFIL DE LOS PADRES DE FAMILIA
La Institución Educativa La Paz, en su propósito de formar en valores y principios humanos y cristianos, frente a las necesidades y expectativas de las familias actuales, precisa de una fuente de interrelación con ellas como agentes de su propia realización y como meta de este trabajo, procura padres que haciendo de su hogar un lugar propicio para la educación de sus hijos, den testimonio de fe y promuevan la práctica de los valores humanos, logrando el diálogo formativo, cultivando las relaciones interpersonales de amor, respeto, cariño y preocupándose por la capacitación continua.
Para cumplir con la misión de primeros educadores de sus hijos, han de cultivar y fomentar las buenas relaciones con los educadores y con los demás padres de familia, participando activamente en todas las actividades programadas y contribuyendo con los propósitos de la gran familia de nuestra comunidad educativa.
“Si das pescado a un hombre hambriento, le nutres una jornada.
Si le enseñas a pescar lo nutrirás toda la vida”.
7.2 DEBERES DE LOS PADRES DE FAMILIA
“La educación es, tal vez, la forma más alta de buscar a Dios”.
La ley 1620 en el artículo 22 asigna a los padres o acudientes, los siguientes deberes, además de las obligaciones consagradas en normas anteriores:
“Si el alumno no supera al maestro, ni es bueno el alumno, ni es bueno el maestro”.
Proverbio Chino
7.3 DERECHOS DE LOS PADRES DE FAMILIA
· Conocer, participar y aportar en la construcción del Manual de Convivencia Escolar y del Proyecto Educativo Institucional.
· Recibir información confiable y oportuna sobre el desempeño académico y disciplinario de sus hijos.
· Participar de las asambleas de padres de familia y de la asociación de padres.
· Elegir y ser elegido como miembro del Consejo Directivo.
· Ser atendido con respeto y amabilidad por directivos, educadores y demás
Personal de la Institución.
“El principio de la educación es predicar con el ejemplo”.
8 LOS DIRECTIVOS, DOCENTES, ADMINISTRATIVOS Y EMPLEADOS
Quienes forman a los estudiantes de La Institución Educativa La Paz, son profesionales idóneos, con liderazgo, con actitud de dinámica grupal, que orientan a partir de la solución pacífica de conflictos, conocedores de la cultura niños, jóvenes y de los adultos, con capacidad de trabajo en equipo, creativos, innovadores, sensibles, investigadores, críticos, amantes de la lectura y en permanente actualización, que desempeñan sus funciones con ética profesional, haciendo de su labor educativa un aporte para el desarrollo nacional y un testimonio constante para los miembros de la comunidad educativa, que valorándose a sí mismos, aprecian a los demás como personas en sus potencialidades y diferencias, vivencian valores como la tolerancia, capacidad de escucha y capaces de propiciar un ambiente de sana convivencia.
8.1 LOS COORDINADORES GENERALES
Dependen de la Rectoría y sus funciones son:
“Hay dos tipo de educación: la que te enseña a ganarte la vida y la que te enseña a vivir”. Anthony De Mello
“Un niño no es una botella que hay que llenar, sino un fuego que hay que avivar”.
Micheil De Montaine.
8.2 LOS DOCENTES
8.2.1 Deberes de los docentes
· Desempeñar con esmero, eficiencia y profesionalismo las funciones propias del cargo.
“No se enseña lo que se sabe, no se enseña lo que se quiere, se enseña lo que se es”.
Anónimo.
“El mejor olor el del pan, el mejor sabor el de la sal, el mejor amor el de los niños”.
Graham Crisóstomo.
Además de la normatividad vigente, la ley 1620, en su artículo 19, le asigna a los docentes las siguientes responsabilidades:
“Se deben alabar las buenas obras, corregir dulcemente las malas y disimular los errores”.
Maffeo Veggio
“Tan sólo por la educación se puede llegar a ser hombre. El hombre no es más que el que la educación hace de él “.
EMMANUEL KANT
8.2.2 Funciones del docente orientador:
Son funciones del docente orientador las siguientes:
“No hay enseñanza sin investigación ni investigación sin enseñanza”
Paulo Freire
“El principal objeto de la educación no es el de enseñarnos a ganar el pan, sino en capacitarnos para hacer agradable cada bocado”
Anónimo
Además de las anteriores y de acuerdo con los artículos 32 de la ley 1620 y 42 del decreto 1965, el docente orientador en relación con la ruta de atención integral deberá:
“Un maestro debe tener: Virtud, firmeza, saber, entendimiento y vocación”.
Dupanloup
9 LOS EMPLEADOS
En relación con la convivencia escolar, los auxiliares administrativos, vigilantes y personal de servicios generales deben:
· Brindar atención adecuada a todos los usuarios y ciudadanos.
· Cumplir con rigurosidad el horario de trabajo asignado.
· Proponer a sus superiores ideas para mejorar el servicio que se presta a usuarios o al ciudadano.
· Orientar al usuario y al ciudadano proporcionando información útil y oportuna.
· Demostrar alta motivación con el trabajo que realiza.
· Cumplir los compromisos que establece con colegas o superiores.
· Aceptar instrucciones aunque difiera de ellas.
· Realizar las tareas del puesto de trabajo y en el tiempo establecido.
· Respetar y acatar las normas y directrices de los superiores.
· Atender al público oportunamente y brindarle solución a sus necesidades y requerimientos.
· Elaborar constancias y certificados, con criterios de eficiencia y calidad en los tiempos convenidos para tal fin.
· Realizar controles necesarios referidos al ingreso y salida del personal de la Institución Educativa la Paz.
· Prestar el servicio observando criterios de eficiencia y calidad.
· Realizar labores de aseo y limpieza en las áreas asignadas según los tiempos convenidos.
· Brindar un trato cortés a todas las personas que solicitan su servicio.
· Mantener buenas relaciones con todos los miembros de la comunidad educativa.
· Cuidar y dar buen uso a los bienes muebles e inmuebles de la institución.
“Del hablador he aprendido a callar; del intolerante, a ser indulgente, y del malévolo a tratar a los demás con amabilidad. Y por curioso que parezca, no siento ninguna gratitud hacia esos maestros”.
Khalil Gibran
10 LAS FALTAS, EL CONDUCTO REGULAR Y EL DEBIDO PROCESO
10.1 CLASIFICACIÓN DE FALTAS EN QUE PUEDE INCURRIR EL ESTUDIANTE
10.1.1 Faltas TIPO I.
Son todos aquellos comportamientos que impiden o afectan el normal desarrollo de las actividades pedagógicas. Estos comportamientos no favorecen el orden colectivo, dificultan el desarrollo de hábitos de estudio, organización y respeto. Comprometen incumplimiento a los deberes de los estudiantes.
De acuerdo con el artículo 40 del decreto 1965 del 11 de septiembre de 2013, las faltas TIPO I son caracterizadas como aquellos conflictos manejados inadecuadamente, aquellas situaciones esporádicas que inciden negativamente en el clima escolar y que en ningún caso generan daños al cuerpo o a la salud.
Son consideradas faltas TIPO I, las siguientes:
“A los niños hay que tratarlos con dulzura para dominarlos con afecto”.
San Anselmo
10.1.2 Faltas TIPO II.
Las faltas TIPO II corresponden a todos los comportamientos que atenten contra los principios, perturbando el normal desarrollo de las actividades escolares y que afecten gravemente las normas disciplinarias de la institución.
De acuerdo con el artículo 40 del decreto 1965 del 11 de septiembre de 2013, las faltas TIPO II son caracterizadas como aquellas de agresión escolar, acoso escolar y ciber-acoso, que no revistan la característica de la comisión de un delito, pero que se presentan de manera repetida o sistemática y que causen daño al cuerpo o a la salud, sin generar incapacidad alguna para cualquiera de los involucrados.
Se consideran faltas TIPO II, las siguientes:
“Dar ejemplo es la principal manera de influir sobre los demás, es la única manera”.
Albert Einsten
“Nunca consideres el estudio como un deber, sino como una oportunidad para penetrar en el maravilloso mundo del saber”.
Maffeo Veggio
Paulo Freire
10.1.3 Faltas TIPO III.
Se consideran faltas tipo III, todos aquellos comportamientos o conductas que lesionan los valores individuales y colectivos de la institución educativa, así como aquellas conductas que son consideradas como delitos en la legislación penal colombiana. Para las faltas tipo III que estén contempladas en los códigos colombianos, se informará a las autoridades competentes para que procedan según corresponda.
De acuerdo con el artículo 40 del decreto 1965 del 11 de septiembre de 2013, las faltas tipo III, caracterizadas como aquellas de agresión escolar que sean constitutivas de presuntos delitos contra la libertad, integridad y formación sexual, referidos en el título IV del libro II de la ley 599 de 2000, o cuando constituyan cualquier otro delito establecido en la ley penal Colombiana vigente.
Se consideran faltas tipo III, los siguientes comportamientos:
“Recogemos en el hombre lo que hayamos sembrado en el niño”.
Proverbio Oriental
Anónimo
NOTA: Ante la concurrencia de este tipo de faltas, se garantizará al estudiante y a los acudientes respeto y observancia del debido proceso.
10.2 EL DEBIDO PROCESO
Los estudiantes de la Institución Educativa La Paz se verán favorecidos con la aplicación de un debido proceso cuando se encuentran en situaciones irregulares de comportamiento y de incumplimiento sistemático y violación a las normas contenidas en el Manual de Convivencia.
Cabe anotar en este sentido, que se procurará la permanencia del estudiante en la institución, los correctivos en sus primeras instancias, comprometerán acercamientos con los docentes y los padres de familia o acudientes responsables; se procurará antes que sancionar, un reconocimiento amplio y consecuente del Manual de Convivencia que conlleve al estudiante a prevenir situaciones irregulares. Para las faltas tipo II y III, se aplicarán suspensiones temporales o de exclusión por un tiempo determinado atendiendo a lo reglamentado en el Manual de Convivencia Escolar.
“Los niños son como la tierra, te devuelven lo que tú le des”.
Documental Africano
Para la adopción de correctivos o sanciones, bien sea de orden académico o disciplinario, deberán revisarse las circunstancias de orden atenuante o agravante, entendiendo por tales, el grado de responsabilidad como menor o mayor según cada caso. La valoración de la falta cometida por el estudiante se verá agravada según la edad y grado de escolaridad que posea, para los más pequeños, se procurará la persuasión, orientación y acompañamiento en el proceder disciplinario, a medida que avanza la escolaridad, la responsabilidad frente a la falta será mayor y la sanción comprometerá diferentes acciones, compromisos y responsabilidades.
10.3 ATENUANTE
Son las circunstancias que aminoran la aplicación de la sanción y que pueden considerarse como el menor grado de la responsabilidad del estudiante. Las conductas y circunstancias atenuantes pueden ser entre otras: Confesión voluntaria de la falta, haber actuado inducido o presionado por un tercero de mayor edad; cometer la falta en estado de alteración emocional o psicológica, haber observado buen comportamiento antes de cometer la falta, haber obrado por motivos nobles o altruistas, el haber procurado corregir o evitar los efectos nocivos de la falta, presentando una propuesta para resarcirla plenamente y un compromiso de no reincidir en la comisión de la misma antes de iniciarse la investigación disciplinaria por la autoridad competente.
10.4 AGRAVANTE
Son las circunstancias que aumentan en rigor la aplicación de la sanción y aumentan el grado de responsabilidad en la ejecución del hecho; estas circunstancias son entre otras: Ser reincidente, evadir la responsabilidad o atribuirla a otro, cometer la falta aprovechando la confianza depositada en él por la víctima o autoridad de la institución, cometer la falta con alevosía, premeditación o en complicidad con otra persona, el efecto perturbador de la falta en relación con la marcha institucional, el grado de afectación de los derechos ajenos, el haber cometido la falta para ocultar otra, el haber involucrado en la comisión de la falta a otros estudiantes o miembros de la comunidad educativa a sabiendas de su inocencia.
“A los padres de hoy se les debe recetar: más tiempo para sus hijos”.
Arun Gandhi
Cuando se trata de la aplicación de sanciones de orden pedagógico y/o disciplinario, debe hacerse por escrito y estar consignados en la hoja de vida del estudiante como evidencia del proceso seguido al implicado.
10.5 CORRECTIVOS PEDAGÓGICOS
Correctivo es una situación, hecho o factor que propicia o favorece la rectificación de un comportamiento inadecuado.
La institución tiene como principio general que su Manual de Convivencia está basado en el respeto mutuo entre los miembros de la comunidad educativa, en el acatamiento de los fundamentos morales de nuestra sociedad y el cumplimiento de las leyes, normas y reglamentos para propiciar la buena marcha y el entendimiento entre sus estamentos.
10.6 DEBIDO PROCESO PARA LA APLICACIÓN DE CORRECTIVOS Y SANCIONES
Todas las decisiones tomadas, están encaminadas hacia la formación del estudiante y procuran enmendar la falta cometida hasta donde sea posible.
El debido proceso para la aplicación de correctivos es el siguiente:
“Me lo explicaron y lo olvidé, lo vi y lo entendí, lo hice y lo aprendí”.
Confucio
10.6.1 Nota al debido procesoEl consejo directivo podrá autorizar a los coordinadores y al rector para realizar suspensiones cuando el padre de familia lo considere pertinente, dejando constancia por escrito y siempre que no se refiera a comportamientos desfavorables repetidos, en caso contrario se deberá reunir extraordinariamente para analizar el caso y emitir la suspensión por medio de acuerdo y posterior resolución rectoral.
10.6.2 Principios básicos u orientaciones al debido proceso
Atendiendo al derecho del debido proceso (Constitución Política de Colombia en su artículo 29), en toda clase de situaciones administrativas se deben tener en cuenta los siguientes principios básicos.
“Enseñar a quien no quiere aprender es como sembrar un campo sin ararlo”.
Richard Whately
10.7 CORRECTIVOS PEDAGÓGICOS
El mecanismo operativo del procedimiento correctivo de las diferentes faltas tienen un carácter acumulativo y la reincidencia puede afectar negativamente su proceso formativo y los desempeños disciplinarios obtenidos.
10.7.1 Etapa informativa:
“Un maestro es una brújula que activa las imágenes de la curiosidad, el conocimiento”.
Anónimo
10.7.2 Etapa analítica
10.8 COMPETENCIAS, TÉRMINOS Y SANCIONES APLICABLES PARA CADA CASO:
10.8.1 Faltas TIPO I:
Aquellas que se refieren al incumplimiento de los deberes básicos de los estudiantes:
10.8.2 Protocolo para las faltas TIPO I:
Para estas situaciones se desarrollará el siguiente protocolo:
1.El docente o directivo docente que presencie los hechos, reunirá inmediatamente las partes involucradas en el conflicto y mediará de manera pedagógica para que éstas expongan sus puntos de vista y busquen la reparación de los daños causados, el restablecimiento de los derechos y la reconciliación dentro de un clima de relaciones constructivas en la institución educativa e informará al director(a) de grupo para el respectivo seguimiento.
10.8.3 Sanciones Aplicables
Para este tipo de faltas se deben aplicar las siguientes sanciones o correctivos pedagógicos.
10.8.4 Competencias
La competencia para la atención y actuación de las faltas tipo I corresponde al docente o director de grupo que presencie los hechos o reciba la información confiable de cualquier miembro de la comunidad educativa o de los testigos de la falta.
10.8.5 Términos para actuar
Se recomienda intervenir inmediatamente e iniciar el estudio y actuar en la aplicación de sanciones el mismo día de conocido el hecho o a más tardar el día siguiente al que se cometió la falta o se tuvo conocimiento de ella.
“Es bueno que nuestros niños tomen conciencia de sus derechos, pero también de sus obligaciones”
Carlos López Riesco.
10.8.6 Procedimiento a seguir
Se deben observar los siguientes procedimientos.
¿“Si quieres que tu hijo sea bueno hazlo feliz, si quieres que sea mejor, hazlo más feliz”
Héctor Abad Gómez
10.8.7 Cuadro de faltas TIPO I y procedimiento
- Comprometer como miembros de la comunidad de La Institución Educativa La Paz, una actitud honesta y responsable frente a las normas, haciéndolas experiencia de vida de la convivencia escolar.
2. Participar como comunidad educativa, en el proceso de formación integral a la luz de los valores humanos y cristianos.
3. Presentar un marco de referencia válido para facilitar la solución justa, serena, equitativa y amable de las posibles situaciones conflictivas que se presenten.
4. Promover en el estudiante la autoformación, la autonomía, la autoexigencia, la autodisciplina y la formación de la voluntad.
5. Estimular diferentes mecanismos de convivencia pacífica y democrática en toda la comunidad educativa.
6. Propiciar el respeto por la diferencia en todos los campos de la actividad humana.
“A pesar de que ya soy mayor, sigo aprendiendo de mis discípulos”.
Cicerón
5 FUNDAMENTACIÓN LEGAL DEL MANUAL DE CONVIVENCIA
Los reglamentos o Manuales de Convivencia fundamentan su parte legal en los artículos 73 y 87 de la ley 115 de 1994, en el artículo 17 del decreto 1860 de agosto 3 de 1994, decreto 1290 de abril 16 del 2009, la ley 1620 de marzo 15 de 2013, el decreto 1965 de septiembre 11 de 2013. Su construcción debe hacerse además, con base en los principios constitucionales, las políticas del Ministerio de Educación Nacional, la Declaración Universal de los Derechos del Niño, la ley 1098 de 2006 y todas las normas relacionadas con la niñez y la adolescencia y para el caso de la Institución Educativa La Paz, se ha de tener en cuenta la normatividad contenida en el Decreto 3011 de 1997, referida a la educación formal de adultos.
El Manual de Convivencia, ha de favorecer la construcción de la democracia participativa desde las comunidades educativas, debe estar definida en términos de reciprocidad y equidad en las relaciones interpersonales y estas han de ser respetuosas, solidarias y afectivas.
En desarrollo de la ley 1620, el Manual de Convivencia contribuye a la protección de los derechos humanos, sexuales y reproductivos, a la mitigación de la violencia y el acoso escolar, así como a la formación de ciudadanos activos que aporten a la construcción de una sociedad democrática, participativa, pluralista e intercultural.
Los Manuales de Convivencia, se proponen fundamentar las normas de convivencia que han de regir a los diferentes estamentos de la comunidad educativa, reglas claras donde cada instancia asume las responsabilidades propias de su cargo o condición, además de formar personas responsables, honestas, autónomas y con capacidad de contribuir a la construcción de la sociedad.
“Educación es lo que sobrevive cuando se olvida lo que se ha aprendido”.
Burrhus Frederic Skinner.
Ley 115 de 1994, Artículo 87. Los establecimientos educativos tendrán un reglamento o Manual de Convivencia, en el cual se definan los derechos y obligaciones de los estudiantes. Los padres o tutores al formalizar las matrículas correspondientes en representación de sus hijos, estarán aceptando el contenido del mismo.
Decreto 1860 de 1994, artículo 17. Reglamento o Manual de Convivencia. De acuerdo con lo estipulado en los artículos 73 y 87 de la ley 115 de 1994, todos los establecimientos educativos deben tener como parte integrante del Proyecto Educativo Institucional, un reglamento o Manual de Convivencia, que ha de contener la definición de los deberes y derechos de los estudiantes y de sus relaciones con los demás estamentos de la comunidad educativa.
Ley 1620 de marzo 15 de 2013. Por la cual se crea el Sistema Nacional de Convivencia Escolar y formación para el ejercicio de los derechos humanos, la educación para la sexualidad y la prevención y mitigación de la violencia escolar.
Decreto 1965 de septiembre 11 de 2013 que reglamenta la ley 1620. Las leyes 715 de 2001 y 734 de 2002, regulan los Manuales de funciones del personal de docentes y directivos docentes, además del régimen disciplinario que los acoge como funcionarios del estado Colombiano. El decreto 1286 de 2005, también es soporte de este manual en las funciones y responsabilidades de las asociaciones de padres de familia.
“La educación es algo admirable, sin embargo, es bueno recordar, que nada que valga la pena se puede enseñar”.
Oscar Wilde
6 LOS ESTUDIANTES6.1 PERFIL DEL ESTUDIANTE.
Los estudiantes de la Institución Educativa La Paz se caracterizan por ser ciudadanos responsables, críticos, leales, honestos y capaces de encontrar solución pacífica a los conflictos, proteger el medio ambiente y aprovechar adecuadamente el tiempo libre.
Toleran y respetan los derechos humanos, manifiestan su sentido de pertenencia por la institución, su entorno y un amor grande por su patria Colombia. Son creativos, líderes en la ejecución de proyectos de bienestar común, reflexivos y de un profundo aprecio por las expresiones artísticas, deportivas, culturales y la convivencia social, que descubriendo el sentido de la vida y su valor fundamental, logran un conocimiento real del mundo en que viven, se aceptan a sí mismos y a los demás, eligen opciones rectas y libres en su cotidianidad, participando democráticamente y obrando en principios éticos y religiosos, comparten saberes, conocimientos y respetan otros conceptos e ideologías.
6.2 COMPORTAMIENTOS DE LOS ESTUDIANTES QUE MERECEN SER ESTIMULADOS POR LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA LA PAZ.
- La excelencia integral como persona.
- Los excelentes desempeños deportivos, artísticos, culturales y los reconocimientos producto de participaciones en investigaciones y pruebas censales, olimpiadas del conocimiento, concursos, etc.
“La educación es algo que recibimos cuando nuestro padre nos manda a la universidad, pero no estará completa mientras no mandemos allí a nuestro propio hijo”.
Anónimo
- La participación en eventos culturales, deportivos, comunitarios, religiosos y de otra índole que favorecen su desarrollo integral y el buen nombre de la institución.
- El deseo de superación y el interés por la investigación.
- La participación en actividades extracurriculares que promueva y motive la institución.
6.3 ESTÍMULOS POR LAS BUENAS ACTUACIONES:
La Institución Educativa La Paz se compromete con reconocimientos y estímulos por todas las buenas actuaciones. El Rector, consejo directivo, los educadores y en general toda La organización estudiantil, procurarán menciones especiales. Entre otros estímulos están los siguientes:
- Menciones de honor (diplomas , certificaciones, comunicaciones escritas)
- Izada del tricolor colombiano proclamando los mejores estudiantes.
- Reconocimientos y felicitaciones personales en asamblea de estudiantes y con la comunidad educativa.
- Participaciones en eventos deportivos, culturales, de la excelencia, de investigación y de proyección comunitaria.
- Asistencia a la noche de la excelencia. En el mes de noviembre cuando finaliza el año escolar, la Institución Educativa La Paz invita, participa y convoca a estudiantes y demás miembros de la comunidad educativa a la celebración de la noche de la excelencia.
“En la educación de los niños es más conveniente decir no en voz baja que decir si gritando”.
Angel Jornán Goñi
Los reconocimientos serán entregados a los estudiantes más destacados por su excelencia académica y disciplinaria, espíritu deportivo, valores artísticos, compromiso comunitario y sentido de pertenencia.
También serán reconocidos los educadores, directivos docentes y personal administrativo que se destacan por sus mejores desempeños y las familias que hayan manifestado su espíritu de cooperación y sentido de pertenencia con la institución.
- Anotaciones en la hoja de vida destacando los buenos desempeños.
6.4 DERECHOS DE LOS ESTUDIANTES
- Hacer uso racional de todos los bienes y recursos con que cuenta la institución.
- Recibir estímulos por las buenas actuaciones.
- Conocer oportunamente las anotaciones y registros consignados en las hojas de vida referidas al desempeño académico y disciplinario, así como los resultados obtenidos en evaluaciones, talleres y trabajos realizados.
- Recibir información y capacitación oportuna respecto a las normas y medidas de emergencia a tener en cuenta cuando se presente la urgencia de evacuación.
- Participar en los eventos académicos, deportivos, artísticos y culturales en representación de la institución educativa.
“Educar no es dar carrera para vivir sino templar el alma para las dificultades de la vida”
Pitágoras.
- Participar en las elecciones legalmente establecidas, eligiendo y siendo elegido: Representantes de grupo, personero (a) estudiantil, contralor (a) de los estudiantes, representante de los estudiantes al consejo directivo, elección de los mejores para la noche de la excelencia y formar parte de los grupos artísticos, deportivos y demás organizaciones estudiantiles de la Institución.
- Presentar propuestas de mejoramiento institucional.
- Ser atendido por los educadores en los procesos de recuperación, refuerzo y habilitación.
- Conocer los contenidos y las metas de aprendizaje para cada área, por periodo y para el año escolar.
- Ser escuchado por todos los estamentos educativos cuando se tengan reclamos, siempre en el marco del mutuo respeto.
- Recibir una formación integral, fundada en valores y fortalecida por aprendizajes significativos.
- Hacen parte de los derechos de los estudiantes, los consagrados en el artículo 44 de la Constitución Nacional, como derecho a la vida, a la integridad física, a la salud, a la educación y a la cultura.
- Derecho al cuidado y al amor, la recreación y la libre expresión de su opinión. Serán protegidos contra toda forma de abandono, violencia física o moral, secuestro, abuso sexual, explotación laboral o económica y trabajos riesgosos.
- El Artículo 45. El adolescente tiene derecho a la protección activa por parte de los organismos públicos y privados que tengan a cargo la protección, educación y progreso de la juventud.
Platón
- Tienen además de los derechos Constitucionales, en el marco de los derechos del hombre y la mujer, la ley 1098 de 2006 ley de infancia y adolescencia, los siguientes:
- Todos los educandos tienen derecho a una formación integral acorde con los fines del sistema educativo colombiano y los objetivos generales y específicos trazados por la ley general de educación y ley de infancia y adolescencia.
- Recibir educación integral en igualdad de condiciones, sin ningún tipo de discriminación y de acuerdo con la filosofía de la institución.
- Ser tratado con respeto y comprensión por todos los miembros de la comunidad educativa.
- Ser escuchado antes de ser sancionado.
- Recibir información completa y oportuna sobre el conjunto de normas que rigen la vida constitucional.
- Recibir respuesta oportuna a las solicitudes y reclamos realizados.
- Conocer las anotaciones que sobre su comportamiento, hagan los docentes, coordinadores, directores de grupo y rector en la hoja de vida.
- Hacer uso racional y responsable de espacios e instalaciones tales como la biblioteca, canchas deportivas, laboratorios, restaurante, salas de informática y aulas especializadas, según los horarios y el reglamento dispuesto para ello.
- Ser escuchado en presencia de los padres o acudientes.
- Ser orientado buscando la mejor formación personal y social.
- Asistir y participar activamente en todas las clases.
“La única educación eterna es ésta: estar lo bastante seguro de una cosa, para atreverse a decírsela a un niño”
Gilbert K. Chesterton.
- Recibir la totalidad de las clases programadas con las ayudas necesarias y atendiendo a los horarios establecidos.
- Recibir educación con calidad teniendo en cuenta los avances científicos y tecnológicos y con las ayudas y apoyos respectivos.
- Ser evaluados en el momento oportuno y con base en los estándares curriculares, lineamientos y parámetros establecidos por el Ministerio de Educación Nacional.
“Toda persona tiene deberes respecto a la comunidad puesto que sólo en ella puede desarrollar libre y plenamente su personalidad”
Art. 29 No. 1 Ded. Univ. De los D.H.
6.5DEBERES DE LOS ESTUDIANTES
- Cumplir con todas las normas contenidas en el Manual de Convivencia.
- Reconocer y practicar las normas de urbanidad y los buenos hábitos escolares.
- Evitar expresiones afectivas como besos y abrazos por ser inapropiadas para el contexto escolar.
- Respetar el buen nombre de la institución dentro y fuera de ella, portando el uniforme o aún sin llevarlo puesto.
- Respetar en todo momento y a todos los miembros de la comunidad educativa. No permitirán agresiones físicas y/o verbales ni en las redes sociales.
- Cuidar el entorno ecológico.
- Respetar y cuidar la planta física y todos los bienes de la institución, cooperando con el orden y el aseo.
- Cumplir con un buen desempeño académico atendiendo a los indicadores y metas propuestas para cada área o asignatura.
- Asistir puntualmente a clases y demás actividades curriculares y extracurriculares programadas por la institución.
- Asistir, participar y cumplir con los refuerzos, recuperaciones y habilitaciones programadas por la institución en el propósito de superar insuficiencias presentadas después de los procesos de evaluación aplicados.
“Por la ignorancia se desciende a la servidumbre, por la educación se asciende a la libertad”.
Diego Luis Córdoba.
- Presentar excusa justificada por las ausencias a clases y demás actividades programadas al día siguiente de terminada la ausencia escolar lo hará al coordinador (a) de la jornada a la que asiste el estudiante.
- Presentar a los educadores las responsabilidades académicas y los trabajos realizados durante la ausencia y en los plazos de entrega convenidos con el docente del área o asignatura.
- Permanecer durante toda la jornada escolar en la institución solo podrá ausentarse con autorización de la Institución educativa.
- Asistir y participar con agrado en las actividades escolares y de proyección comunitaria (desfiles, procesiones, concentraciones, eventos culturales, etc).
- Atender y observar las normas de seguridad orientadas por la Institución e indicadas para las horas de ingreso y salida. Conservar el orden y tener precauciones cuando empleen bicicletas, motos o vehículos.
- Entregar a los padres todas las comunicaciones verbales o escritas que remita la institución educativa y devolver los desprendibles firmados por los acudientes.
- Comunicar a las autoridades educativas: educadores, coordinadores o rector, cualquier irregularidad que atente contra la integridad del personal estudiantil, personal administrativo, de servicios generales, vigilantes y educadores. En general, deben informar todos los acontecimientos que afecten y atenten contra lo contenido en el Manual de Convivencia.
- Realizar y cumplir con el servicio social del estudiantado como requisito para optar el título de bachiller académico o técnico.
“Todos nosotros sabemos algo. Todos nosotros ignoramos algo. Por eso, aprendemos siempre” Anónimo
- Participar con responsabilidad en cursos preparatorios como SABER- PREICFES, preuniversitarios, olimpiadas del conocimiento, supérate con el saber y el deporte, juegos escolares e intercolegiados, etc.
- Esperar a los docentes dentro del aula en los cambios de clase.
- Portar adecuadamente los uniformes de gala y educación física, observando buena presentación y pulcritud en su tenencia.
- Los hombres llevar el cabello corto, limpio y bien peinado, sin accesorios de ninguna clase. Para las damas, los accesorios de cabello serán discretos, pequeños de color blanco o negro y se abstendrán de utilizar maquillaje y esmaltes.
- Respetar y cuidar de los bienes ajenos e institucionales.
- Cuidar de la planta física, mobiliario y en general, todos los bienes institucionales. El estudiante y su familia, responderán por todos los daños causados.
- Cumplir la obligación seria y responsable de estudiar.
- Presentarse puntualmente a todas las actividades académicas de proyección comunitaria y complementaria programadas por la institución educativa.
- Participar activamente en las clases, evitando actos que afecten el normal desarrollo de ellas.
- Traer todos los implementos e insumos necesarios para poder cumplir con las actividades académicas, deportivas y complementarias.
- Cumplir con las tareas, trabajos de consulta y demás actividades asignadas por los educadores.
“Los libros nos dan consejos que no se atreverían a darnos nuestros amigos”. Pompilio, Numa
- Mantener orden y compostura en las formaciones, clases, laboratorios, eucaristías y demás actos comunitarios.
- Mantener un ambiente sano, estético, agradable y descontaminado en todos los lugares.
- Cumplir con el reglamento para el uso de los diferentes espacios de la Institución Educativa como biblioteca, sala de informática, de video, cafetería, salón de música, banda músico marcial, etc.
- Portar el carné estudiantil de la Institución Educativa La Paz.
6.6 PROHIBICIONES PARA LOS ESTUDIANTES
A los estudiantes de la Institución Educativa La Paz no les está permitido:
- Portar accesorios y bienes como celulares, portátiles, Mp3, 4, 5, Nintendo, bafles, iPod, piercing, collares, camisetas, bufandas, zapatos o chaquetas diferentes a las autorizadas para el uniforme. El estudiante que traiga a la institución bienes no autorizados y sufra alguna pérdida, asumirá la responsabilidad sobre lo sucedido.
- Portar armas u objetos corto punzantes.
- Para los hombres no está permitido llevar el pelo pintado, largo o motilados con crestas, cola que desentonen con el corte clásico cuando porten el uniforme.
- Para las damas llevar maquillaje, aretes grandes, ni esmalte de color en las uñas, así como el pelo pintado de colores que desentonen con el uniforme.
- Realizar actividades de tipo económico en la institución educativa.
“Dar ejemplo es la principal manera de influir sobre los demás, es la única manera”.
Albert Einsten
- Consumir, expender, distribuir o portar drogas, alcohol, cigarrillo o cualquier tipo de sustancias psicoactivas dentro o fuera de la institución. Cuando se detecte el porte, consumo o expendio, la institución tomará las medidas pertinentes entre las que se contempla: Separación de las clases, llamado a los padres de familia, remisión al comité de convivencia escolar, reseña en la hoja de vida, notificación a la comisaría de familia, infancia y adolescencia (Ley 1098) y podrá ser solicitado o recomendado el retiro y cancelación de la matrícula.
- Hacer fraude en las evaluaciones, trabajos, permisos o excusas.
- Evadirse de la institución o encubrir a otros estudiantes para que lo hagan.
- Estar por fuera del salón en horas de clase sin la autorización de la autoridad competente.
PARÁGRAFO: Incumplir las prohibiciones se considera falta tipo II o III, según el caso.
6.7 COMPORTAMIENTO DE LOS ESTUDIANTES.
Son todas las actitudes y disposiciones de ánimo manifestadas habitualmente que favorecen la vida en comunidad, el actuar responsable y libre de los educandos para hacer las cosas como deben hacerse en todo tiempo y lugar de acuerdo con el Manual de Convivencia
- Llevar adecuadamente el uniforme.
- Presentación personal adecuada.
- Llegar puntualmente a clase y demás actos programados por la institución.
- Presentar excusa cuando se falta a la institución.
- Permanecer en el aula durante el tiempo de clase.
“Dime y lo olvido, enséñame y lo recuerdo, involúcrame y lo aprendo”. Benjamin Franklin
- Guardar silencio en clase y en actos de la comunidad educativa.
- Aprovechar el tiempo y procurar que los compañeros lo hagan.
- Utilizar adecuadamente los implementos de estudio.
- Ser líder positivo.
- Cumplir con las responsabilidades asignadas.
- Aceptar por convicción las observaciones que se hacen.
- Tener un vocabulario libre de expresiones soeces.
- Escuchar a los docentes y directivos docentes cuando hablan.
- Actuar con honestidad y honradez en todas las actuaciones.
- Colaborar con el aseo del aula y de la institución.
- Respetar a los compañeros y demás miembros de la comunidad educativa.
- Cuidar los enseres de la institución.
- Respetar los bienes ajenos.
- Hacer uso adecuado de la cafetería y en el momento indicado.
- Realizar una adecuada separación de los residuos, depositándolos en los recipientes correspondientes.
- No consumir alimentos en clase ni en actos comunitarios.
- Respetar los símbolos patrios.
- No fumar, no ingerir, portar y/o vender bebidas alcohólicas o sustancias alucinógenas.
- Respetar y proteger la naturaleza.
- Respetar las oficinas y demás dependencias de la institución.
- Observar sentido de pertenencia con la institución educativa.
- Participar activamente en las actividades de la institución.
“Dos excesos deben evitarse en la educación de la juventud:
Demasiada severidad y demasiada dulzura”.
Platón.
7 LOS PADRES DE FAMILIA
7.1 PERFIL DE LOS PADRES DE FAMILIA
La Institución Educativa La Paz, en su propósito de formar en valores y principios humanos y cristianos, frente a las necesidades y expectativas de las familias actuales, precisa de una fuente de interrelación con ellas como agentes de su propia realización y como meta de este trabajo, procura padres que haciendo de su hogar un lugar propicio para la educación de sus hijos, den testimonio de fe y promuevan la práctica de los valores humanos, logrando el diálogo formativo, cultivando las relaciones interpersonales de amor, respeto, cariño y preocupándose por la capacitación continua.
Para cumplir con la misión de primeros educadores de sus hijos, han de cultivar y fomentar las buenas relaciones con los educadores y con los demás padres de familia, participando activamente en todas las actividades programadas y contribuyendo con los propósitos de la gran familia de nuestra comunidad educativa.
“Si das pescado a un hombre hambriento, le nutres una jornada.
Si le enseñas a pescar lo nutrirás toda la vida”.
7.2 DEBERES DE LOS PADRES DE FAMILIA
- Participar y asistir oportunamente a las asambleas de padres de familia, escuela de padres, talleres, orientaciones y en general a todas las convocatorias que realice la Institución Educativa La Paz.
- Presentar excusas justificadas por la inasistencia a clases de sus hijos. Estas serán entregadas al Coordinador (a) de la jornada el día que se reintegre a clases el estudiante.
- Informar oportunamente a las autoridades educativas sobre ausencias prolongadas de sus hijos cuando éstas estén justificadas por hospitalizaciones, incapacidades médicas o calamidades domésticas.
- Solicitar por escrito a la institución, los permisos necesarios para asistir a competencias deportivas, artísticas o culturales. La familia adquiere el compromiso de regresar al estudiante desatrasado y en contacto con los educadores en el propósito de cumplir con las responsabilidades académicas dejadas de presentar durante su ausencia. Estas ausencias deberán ser ocasionales y reguladas.
- Presentar excusas escritas cuando las convocatorias hechas por la institución no pueden ser atendidas por los padres.
- Acompañar y apoyar a los hijos en las actividades de refuerzo y recuperación, profundización, talleres, consultas y habilitaciones que le programa la institución y en el acato y cumplimiento del Manual de Convivencia.
- Procurar y garantizar la buena presentación personal de su hijo, enviándolo con el uniforme que corresponde y en las mejores condiciones.
“La educación es, tal vez, la forma más alta de buscar a Dios”.
- Participar de las reuniones y actividades programadas por la asociación de padres de familia.
- Proporcionar a sus hijos los útiles escolares y materiales de uso personal solicitadas por la institución.
- Brindar trato atento, respetuoso y amable a todos los miembros de la comunidad educativa.
- Autorizar la asistencia y participación de los hijos a las convivencias retiros espirituales, desfiles, procesiones y demás celebraciones institucionales y comunitarias.
La ley 1620 en el artículo 22 asigna a los padres o acudientes, los siguientes deberes, además de las obligaciones consagradas en normas anteriores:
- Proveer a sus hijos espacios y ambientes en el hogar que generen confianza, ternura, cuidado y protección de sí y de su entorno físico, social y ambiental.
- Participar en la formulación, planeación y desarrollo de estrategias que promuevan la convivencia escolar, los derechos humanos, sexuales y reproductivos, la participación y la democracia, y el fomento de estilos de vida saludable.
- Acompañar de forma permanente y activa a sus hijos en el proceso pedagógico que adelante el establecimiento educativo para la convivencia y la sexualidad.
- Participar en la revisión y ajuste del Manual de Convivencia a través de las instancias de participación definidas en el Proyecto Educativo Institucional del establecimiento educativo.
“Si el alumno no supera al maestro, ni es bueno el alumno, ni es bueno el maestro”.
Proverbio Chino
- Asumir responsabilidades en actividades para el aprovechamiento del tiempo libre de sus hijos para el desarrollo de competencias ciudadanas.
- Cumplir con las condiciones y obligaciones establecidas en el Manual de Convivencia y responder cuando su hijo incumple alguna de las normas allí definidas.
- Conocer y seguir la ruta de atención integral cuando se presente un caso de violencia escolar, la vulneración de los derechos sexuales y reproductivos o una situación que lo amerite, de acuerdo con las instrucciones impartidas en el Manual de Convivencia del respectivo establecimiento educativo.
7.3 DERECHOS DE LOS PADRES DE FAMILIA
· Conocer, participar y aportar en la construcción del Manual de Convivencia Escolar y del Proyecto Educativo Institucional.
· Recibir información confiable y oportuna sobre el desempeño académico y disciplinario de sus hijos.
· Participar de las asambleas de padres de familia y de la asociación de padres.
· Elegir y ser elegido como miembro del Consejo Directivo.
· Ser atendido con respeto y amabilidad por directivos, educadores y demás
Personal de la Institución.
“El principio de la educación es predicar con el ejemplo”.
8 LOS DIRECTIVOS, DOCENTES, ADMINISTRATIVOS Y EMPLEADOS
Quienes forman a los estudiantes de La Institución Educativa La Paz, son profesionales idóneos, con liderazgo, con actitud de dinámica grupal, que orientan a partir de la solución pacífica de conflictos, conocedores de la cultura niños, jóvenes y de los adultos, con capacidad de trabajo en equipo, creativos, innovadores, sensibles, investigadores, críticos, amantes de la lectura y en permanente actualización, que desempeñan sus funciones con ética profesional, haciendo de su labor educativa un aporte para el desarrollo nacional y un testimonio constante para los miembros de la comunidad educativa, que valorándose a sí mismos, aprecian a los demás como personas en sus potencialidades y diferencias, vivencian valores como la tolerancia, capacidad de escucha y capaces de propiciar un ambiente de sana convivencia.
8.1 LOS COORDINADORES GENERALES
Dependen de la Rectoría y sus funciones son:
- Dinamizar la construcción colectiva y permanente del Proyecto Educativo Institucional.
- Acompañar el desarrollo del currículo: plan de estudios (malla curricular), programas académicos, proyectos pedagógicos, actividades lúdicas, culturales y sociales, de acuerdo con los lineamientos trazados en el Proyecto Educativo Institucional.
- Diseñar estrategias para implementar permanentemente el proceso investigativo y la sistematización de sus avances.
“Hay dos tipo de educación: la que te enseña a ganarte la vida y la que te enseña a vivir”. Anthony De Mello
- Elaborar los horarios de clase y coordinar su desarrollo.
- Asesorar los docentes en la mejor administración académica de los tiempos de clase y la formación de los estudiantes.
- Propiciar una comunicación constante con la rectoría, directores de grupo y docentes en general, en torno a los logros académicos y el comportamiento disciplinario de los educandos, presentando propuestas y sugerencias pertinentes, llevando los registros y controles necesarios para su administración.
- Realizar un seguimiento constante a los estudiantes que tienen bajo desempeño académico o situación irregular de comportamiento dejando evidencia en la hoja de vida e implementando estrategias y correctivos que mejoren las oportunidades de los educandos.
- Participar en el consejo académico y demás comités donde se requiera su presencia.
- Llevar los registros y controles necesarios para el seguimiento del desarrollo curricular.
- Revisar periódicamente los libros reglamentarios y registros de sistematización académica, elaborados por los docentes y presentar informe a la rectoría.
- Participar activamente en las comisiones de evaluación y promoción, presentando informe escrito sobre los logros de los estudiantes.
- Responder por el uso adecuado, mantenimiento y seguridad de los equipos confiados a su manejo.
- Acompañar a los estudiantes en la comprensión y asimilación del Manual de Convivencia Escolar.
“Un niño no es una botella que hay que llenar, sino un fuego que hay que avivar”.
Micheil De Montaine.
- Garantizar el buen comportamiento durante el desarrollo de le jornada escolar.
- Organizar el personal estudiantil para los actos culturales, cívicos, religiosos y demás acontecimientos que lo requieran.
- Supervisar y controlar diariamente la asistencia y puntualidad de los estudiantes y docentes llevando registro escrito de excusas, ausencias y permisos.
- Propiciar el desarrollo de actividades que conduzcan al aseo y embellecimiento de la planta física de la institución.
8.2 LOS DOCENTES
8.2.1 Deberes de los docentes
- Promover y participar en la formación integral de los estudiantes, inculcando valores humanos, éticos, sociales y religiosos.
- Entregar información clara y oportuna a los estudiantes y padres de familia referida a los logros y aspectos por mejorar y cuando se programen jornadas especiales finalizando cada período académico escolar.
- Atender y escuchar las inquietudes y reclamos de los estudiantes y los padres de familia, procurando solución oportuna.
- Observar y mantener excelente presentación personal teniendo en cuenta el cargo para el cual fue asignado.
· Desempeñar con esmero, eficiencia y profesionalismo las funciones propias del cargo.
“No se enseña lo que se sabe, no se enseña lo que se quiere, se enseña lo que se es”.
Anónimo.
- Entregar oportunamente los informes y trabajos asignados por la institución.
- Procurar actualización y formación académica permanente.
- Observar una actitud positiva y de cooperación frente a las actividades asignadas y las realizaciones institucionales.
- Participar de las diferentes actividades y jornadas institucionales: sociales, culturales, religiosas, convivencias y salidas pedagógicas con los estudiantes.
- Aportar decididamente en los comités, proyectos pedagógicos y campos de trabajo legalmente constituidos
- Solicitar por escrito los permisos por lo menos con una semana de anticipación, presentando la justificación respectiva y garantizando la entrega de talleres para ser realizados por los estudiantes durante el tiempo de ausencia.
- Reconocerse en el Horizonte Institucional, su filosofía, su misión, visión y metas institucionales.
- Cumplir con la jornada laboral asignada para su cargo, permaneciendo la totalidad del tiempo en la institución y haciendo uso racional del mismo, asistiendo los grupos, preparando sus clases, diligenciando los libros reglamentarios y brindando la atención oportuna y efectiva a estudiantes y padres de familia.
- Justificar las ausencias laborales inmediatamente se genere la novedad.
- Aportar decididamente y con base en las normas legalmente establecidas en el proceso de evaluación de los estudiantes.
“El mejor olor el del pan, el mejor sabor el de la sal, el mejor amor el de los niños”.
Graham Crisóstomo.
- Garantizar buen trato a los estudiantes, padres de familia y demás miembros de la comunidad educativa.
- Procurar diálogo abierto y cordial con todos los miembros de la comunidad educativa, evitando cualquier tipo de trato discriminatorio.
- Presentar propuestas que favorezcan el desarrollo de los planes de estudio y en general de todo lo contenido en el Proyecto Educativo Institucional.
- Cuidar de los bienes institucionales: textos, equipos audiovisuales, silletería, aulas de clase, equipos de cómputo, mobiliario y todos aquellos recursos y muebles dispuestos para su labor docente.
- Reconocer y dar a conocer el Manual de Convivencia.
- Informar oportunamente a las autoridades educativas y a los padres de familia, los comportamientos desfavorables de los estudiantes.
- Mantener comportamientos y conductas públicas adecuadas, teniendo en cuenta la dignidad del cargo que ostenta: (maestro (a))
Además de la normatividad vigente, la ley 1620, en su artículo 19, le asigna a los docentes las siguientes responsabilidades:
- Identificar, reportar y realizar el seguimiento a los casos de acoso escolar, violencia escolar y vulneración de derechos sexuales y reproductivos que afecten a estudiantes del establecimiento educativo, acorde con los artículos 11 y 12 de la Ley 1146 de 2007 y demás normatividad vigente, con el Manual de Convivencia y con los protocolos definidos en la Ruta de Atención Integral para la Convivencia Escolar.
“Se deben alabar las buenas obras, corregir dulcemente las malas y disimular los errores”.
Maffeo Veggio
- Si la situación de intimidación de la que tienen conocimiento se hace a través de medios electrónicos, igualmente deberá reportar al comité de convivencia escolar para activar el protocolo respectivo.
- Transformar las prácticas pedagógicas para contribuir con la construcción de ambientes de aprendizajes democráticos y tolerantes que potencien la participación, la construcción colectiva de estrategias para la resolución de conflictos, el respeto a la dignidad humana, a la vida, a la integridad física y moral de los estudiantes.
- Participar de los procesos de actualización y de formación docente y de evaluación del clima escolar del establecimiento educativo.
- Contribuir a la construcción y aplicación del Manual de Convivencia.
- La ley 1620 le concede al educador el rol de orientador y mediador en situaciones que atenten contra la convivencia escolar y el ejercicio de los derechos humanos.
“Tan sólo por la educación se puede llegar a ser hombre. El hombre no es más que el que la educación hace de él “.
EMMANUEL KANT
8.2.2 Funciones del docente orientador:
Son funciones del docente orientador las siguientes:
- Desarrollar labores que en el marco del Proyecto Educativo Institucional, correspondan al diagnóstico, planificación, ejecución y evaluación de acciones de orientación estudiantil, tendientes a la formación de valores.
- Cumplir funciones tendientes a favorecer el desarrollo equilibrado y armónico de las habilidades de los educandos para la toma de decisiones, la adquisición de criterios, el trabajo en equipo, administración eficiente del tiempo libre, solución de conflictos y habilidades para la comunicación, negociación y participación.
- Participar en la formulación, revisión y actualización del Proyecto Educativo Institucional, plan de mejoramiento anual y el programa que promueve ambientes escolares adecuados.
- Contribuir con los procesos de evaluación de los resultados de gestión y definición de los planes de mejoramiento institucional.
- Integrar el comité de convivencia escolar de acuerdo con los artículos 32 de la ley 1620 y 42 del decreto 1965.
- Colaborar con la dirección de la institución para crear un adecuado clima organizacional.
- Desarrollar estrategias e instrumentos destinados a promover y evaluar la convivencia institucional.
- Participar en la construcción, redacción, socialización e implementación del Manual de Convivencia.
“No hay enseñanza sin investigación ni investigación sin enseñanza”
Paulo Freire
- Participar en la definición de programas orientados al desarrollo de la cultura organizacional.
- Atender consultas personales sobre aspectos psicológicos demandados por estudiantes, padres de familia, educadores y directivos.
- Motivar a estudiantes sobresalientes para que ayuden a sus compañeros a mejorar sus aprendizajes.
- Identificar los factores de riesgo psicosocial que pueden influir en la vida escolar de los estudiantes.
- Diseñar e implementar estrategias de orientación vocacional.
- Presentar informes generales de casos particulares sobre políticas de evaluación y analizar el desempeño escolar de los estudiantes.
- Diseñar y poner en marcha la escuela de padres.
- Promover en la convivencia y resolución pacífica de conflictos suscitados en la vida escolar de los estudiantes.
- Participar en la promoción del buen trato y las relaciones armónicas entre los miembros del cuerpo docente, directivos y administrativos y promueve colaboración amistosa y de liderazgo entre los estudiantes.
- Establecer relaciones con diferentes entidades e instituciones, con el fin de intercambiar experiencias y recibir apoyo en el campo de la orientación escolar.
“El principal objeto de la educación no es el de enseñarnos a ganar el pan, sino en capacitarnos para hacer agradable cada bocado”
Anónimo
- Animar a estudiantes sobresalientes para que ayuden a sus compañeros a mejorar sus aprendizajes.
Además de las anteriores y de acuerdo con los artículos 32 de la ley 1620 y 42 del decreto 1965, el docente orientador en relación con la ruta de atención integral deberá:
- Contribuir con la dirección del establecimiento educativo en el proceso de identificación de factores de riesgo que pueden influir en la vida escolar de los estudiantes.
- Documentar y registrar en el sistema de información unificado de convivencia escolar, los casos de acoso o violencia escolar y vulneración de derechos sexuales y reproductivos.
- Participar en el proceso de acompañamiento así como de la evaluación de los resultados de esta orientación.
- Actuar como agentes de enlace o agentes que apoyan la remisión de los casos de violencia escolar o vulneración de derechos sexuales y reproductivos a las instituciones o entidades según lo establecido en la ruta de atención integral.
- Participar en la definición de los planes individuales y grupales de intervención integral y seguir los protocolos establecidos en la ruta de atención integral.
- Apoyar al comité escolar de convivencia en el desarrollo de estrategias e instrumentos destinados a promover y evaluar la convivencia escolar y la promoción de los derechos sexuales y reproductivos, así como documentar los casos que sean revisados en las sesiones del mismo.
- Comprometer a las familias, a través de la escuela de padres, en los componentes y protocolos de la ruta de atención integral.
“Un maestro debe tener: Virtud, firmeza, saber, entendimiento y vocación”.
Dupanloup
9 LOS EMPLEADOS
En relación con la convivencia escolar, los auxiliares administrativos, vigilantes y personal de servicios generales deben:
· Brindar atención adecuada a todos los usuarios y ciudadanos.
· Cumplir con rigurosidad el horario de trabajo asignado.
· Proponer a sus superiores ideas para mejorar el servicio que se presta a usuarios o al ciudadano.
· Orientar al usuario y al ciudadano proporcionando información útil y oportuna.
· Demostrar alta motivación con el trabajo que realiza.
· Cumplir los compromisos que establece con colegas o superiores.
· Aceptar instrucciones aunque difiera de ellas.
· Realizar las tareas del puesto de trabajo y en el tiempo establecido.
· Respetar y acatar las normas y directrices de los superiores.
· Atender al público oportunamente y brindarle solución a sus necesidades y requerimientos.
· Elaborar constancias y certificados, con criterios de eficiencia y calidad en los tiempos convenidos para tal fin.
· Realizar controles necesarios referidos al ingreso y salida del personal de la Institución Educativa la Paz.
· Prestar el servicio observando criterios de eficiencia y calidad.
· Realizar labores de aseo y limpieza en las áreas asignadas según los tiempos convenidos.
· Brindar un trato cortés a todas las personas que solicitan su servicio.
· Mantener buenas relaciones con todos los miembros de la comunidad educativa.
· Cuidar y dar buen uso a los bienes muebles e inmuebles de la institución.
- Informar a los directivos cualquier anormalidad de que se presente en la institución.
- Observar sentido de pertenencia por la institución educativa.
“Del hablador he aprendido a callar; del intolerante, a ser indulgente, y del malévolo a tratar a los demás con amabilidad. Y por curioso que parezca, no siento ninguna gratitud hacia esos maestros”.
Khalil Gibran
10 LAS FALTAS, EL CONDUCTO REGULAR Y EL DEBIDO PROCESO
10.1 CLASIFICACIÓN DE FALTAS EN QUE PUEDE INCURRIR EL ESTUDIANTE
10.1.1 Faltas TIPO I.
Son todos aquellos comportamientos que impiden o afectan el normal desarrollo de las actividades pedagógicas. Estos comportamientos no favorecen el orden colectivo, dificultan el desarrollo de hábitos de estudio, organización y respeto. Comprometen incumplimiento a los deberes de los estudiantes.
De acuerdo con el artículo 40 del decreto 1965 del 11 de septiembre de 2013, las faltas TIPO I son caracterizadas como aquellos conflictos manejados inadecuadamente, aquellas situaciones esporádicas que inciden negativamente en el clima escolar y que en ningún caso generan daños al cuerpo o a la salud.
Son consideradas faltas TIPO I, las siguientes:
- Realizar actividades diferentes a las programadas, ya sea en la clase, actos cívicos, culturales, deportivos o religiosos.
- Descuido en la higiene y la presentación personal.
- No colaborar con el aseo y limpieza de la institución.
- No acatar con agrado las observaciones hechas por los educadores y directivos de la institución.
- Hacer desorden en la cafetería escolar y demás espacios de la institución educativa.
- Consumir chicle dentro de la institución.
- Adquirir bienes o alimentos de venteros ubicados en las afueras de la institución.
- Desinterés manifiesto por las labores académicas y disciplinarias.
- Retirar el mobiliario del aula de clase sin que medie previa autorización.
- La impuntualidad.
- La inasistencia injustificada a la institución.
- Consumir alimentos en clase o durante la realización de eventos institucionales o acontecimientos en los que se tenga presencia como organización escolar.
- Ingresar o permanecer en el aula de clase durante los descansos.
- El uso de vocabulario soez u ofensivo.
- Permanecer en la institución en horarios contrarios a la jornada escolar salvo previa autorización.
- Perturbar el normal desarrollo de las clases, actividades académicas o culturales, mediante conversaciones no autorizadas, gritos, risas, burlas, juegos, gestos, silbidos, remedos, etc.
- Ingresar sin autorización a las aulas o zonas de tránsito restringido, tales como: rectoría, secretaria, coordinaciones, salas de profesores, laboratorios, restaurante escolar o cafetería.
- La práctica de juegos violentos.
- Promover o fomentar el desorden o irrespetar el turno en espacios como la cafetería escolar, restaurante escolar y baños.
- Hacer mal uso de los elementos o insumos facilitados por la institución.
- Irrespetar la individualidad de los miembros de la comunidad educativa mediante burlas, apodos o comentarios ofensivos.
- Esconder o arrojar las maletas, morrales y objetos personales de los compañeros, o hacer el llamado tortugas.
- Ser exagerados en las manifestaciones afectivas dentro o fuera de la institución.
- La práctica de juegos violentos.
- Menospreciar o irrespetar los símbolos patrios o de la institución.
- El uniforme es un símbolo de la Institución, por lo tanto no se debe usar en la calle después de concluida la jornada escolar.
“A los niños hay que tratarlos con dulzura para dominarlos con afecto”.
San Anselmo
10.1.2 Faltas TIPO II.
Las faltas TIPO II corresponden a todos los comportamientos que atenten contra los principios, perturbando el normal desarrollo de las actividades escolares y que afecten gravemente las normas disciplinarias de la institución.
De acuerdo con el artículo 40 del decreto 1965 del 11 de septiembre de 2013, las faltas TIPO II son caracterizadas como aquellas de agresión escolar, acoso escolar y ciber-acoso, que no revistan la característica de la comisión de un delito, pero que se presentan de manera repetida o sistemática y que causen daño al cuerpo o a la salud, sin generar incapacidad alguna para cualquiera de los involucrados.
Se consideran faltas TIPO II, las siguientes:
- Practicar juegos de azar dentro o fuera de la institución.
- Llevar el cabello con tinturas vivas o extravagantes y accesorios como piercing y expansores. Igualmente constituye una falta tipo II la utilización de accesorios en el cabello de los hombres portando el uniforme de la Institución.
- Impuntualidad reiterada a clases y demás actividades programadas por la institución.
- Complicidad en faltas cometidas por otros estudiantes.
- Presentarse a la Institución portando incorrectamente el uniforme, o no portándolo sin justificación.
- Permanecer fuera del aula en horas de clase, negarse a ingresar a la misma o ausentarse de ella sin autorización del docente o directivas de la Institución.
- Llevar entre sus bienes, radios, u otro tipo de aparatos de reproducción musical y hacer uso de los mismos durante la jornada escolar o en eventos o actos oficiales de la institución.
“Dar ejemplo es la principal manera de influir sobre los demás, es la única manera”.
Albert Einsten
- Llevar y/o hacer uso de teléfonos celulares durante la jornada escolar o en actos oficiales de la institución.
- No acatar las orientaciones o instrucciones que se impartan por parte de los docentes o directivos docentes de la institución.
- La venta de comestibles y otros elementos e insumos.
- Causar desórdenes en reuniones o formaciones, actos cívicos, culturales, religiosos, sociales y cuando se participa en desfiles y procesiones.
- Celebración de eventos arrojando huevos, harina, agua o haciendo bromas donde se atente contra el aseo y seguridad de compañeros y de la institución.
- Participar de actos que alteren la organización estudiantil e institucional.
- Ser partícipe de chismes y chistes vulgares.
- Protagonizar escándalo público y desordenes dentro o fuera de la Institución portando el uniforme.
- Mostrarse rebelde ante los llamados de atención de los docentes y directivos institucionales.
- Escribir pasquines, rayar pupitres, paredes, puertas, ventanas, carteleras, baños y hacer escritos o dibujos obscenos, en los enseres o cualquier sitio de la institución.
- Portar fuera de la institución el uniforme acompañado de trajes o prendas no autorizadas.
- Hacer fraude en trabajos, consultas y evaluaciones.
- Impuntualidad reiterada a la institución.
- Falta de respeto cuando se le hacen llamados de atención y observaciones como resultado de un mal comportamiento.
- Utilizar palabras vulgares, apodos y cualquier trato descortés a miembros de la comunidad educativa.
- Generar pánico colectivo con comentarios y falsas alarmas, perturbando el normal desarrollo de las actividades escolares.
“Nunca consideres el estudio como un deber, sino como una oportunidad para penetrar en el maravilloso mundo del saber”.
Maffeo Veggio
- Tomar sin autorización algún medio de transporte propiedad de otro miembro de la comunidad educativa.
- Esconder pertenencias de otros miembros de la comunidad educativa.
- Causar daños en bienes institucionales o pertenecientes a otros estudiantes.
- No participar de actividades programadas por la institución estando en condiciones de hacerlo y habiendo sido convocado.
- Mostrar apatía o descortesía ante las llamadas de atención.
- Hacer daño al patrimonio de la institución, Municipio o de un particular.
- Juegos y bromas de mal gusto.
- Portar material pornográfico y/o exhibirlo dentro de las instalaciones educativas.
- Acumular tres (3) amonestaciones en la hoja de vida.
- Agredir física o verbalmente a cualquier miembro de la comunidad educativa.
- Atentar contra la honra y el buen nombre de cualquier integrante de la comunidad educativa.
- Entorpecer o impedir la comunicación entre la institución educativa y los padres de familia o acudientes.
- Presentar comportamientos indebidos durante las salidas pedagógicas, deteriorando el buen nombre de la institución.
- Programar y/o participar dentro o fuera de la institución de actividades extracurriculares que afecten el buen nombre de la institución.
- Dejar de asistir o ausentarse de la institución sin la debida autorización del acudiente o directivas de la institución.
- Dar información falsa a los docentes o directivos docentes con los que se pueda atentar contra la integridad de los demás.
- Revelarse verbalmente y de forma agresiva frente a las observaciones y/o recomendaciones de docentes y directivos docentes de la institución.
- Frecuentar sitios donde se practiquen juegos de azar y/o electrónicos portando el uniforme de la institución.
- Atentar contra el patrimonio económico, cultural y ecológico de la Institución.
Paulo Freire
- Poseer útiles escolares que llevan modelos ligeros de ropa, armas o manifestaciones vulgares.
10.1.3 Faltas TIPO III.
Se consideran faltas tipo III, todos aquellos comportamientos o conductas que lesionan los valores individuales y colectivos de la institución educativa, así como aquellas conductas que son consideradas como delitos en la legislación penal colombiana. Para las faltas tipo III que estén contempladas en los códigos colombianos, se informará a las autoridades competentes para que procedan según corresponda.
De acuerdo con el artículo 40 del decreto 1965 del 11 de septiembre de 2013, las faltas tipo III, caracterizadas como aquellas de agresión escolar que sean constitutivas de presuntos delitos contra la libertad, integridad y formación sexual, referidos en el título IV del libro II de la ley 599 de 2000, o cuando constituyan cualquier otro delito establecido en la ley penal Colombiana vigente.
Se consideran faltas tipo III, los siguientes comportamientos:
- Sobornar, chantajear, extorsionar y estafar a cualquier miembro de la comunidad educativa con el propósito de obtener bienes o favores.
- Agresión de palabra o hecho a miembros de la comunidad educativa.
- Hacer necesidades fisiológicas en lugares diferentes a los destinados para tal propósito.
- Portar, exhibir o guardar armas o explosivos de cualquier tipo.
- Atraco dentro o fuera de la institución.
- Consumir, portar o expender cualquier tipo de drogas, alcohol o sustancias psicoactivas.
- Asistir a la institución en estado de embriaguez o bajo los efectos de las drogas.
- La corrupción de menores.
- La alteración de documentos oficiales como constancias, excusas, certificados, registros escolares de valoración, hojas de vida, registros de asistencia y cualquier documento oficial de la institución.
“Recogemos en el hombre lo que hayamos sembrado en el niño”.
Proverbio Oriental
- Experimentar y vivenciar escenas morbosas o íntimas entre compañeros y demás miembros de la comunidad educativa.
- Exhibicionismo de cualquier tipo, especialmente el comprometido con su cuerpo y la utilización de prendas íntimas, preservativos, etc.
- Ingresar con el uniforme a establecimientos abiertos al público como bares, heladerías, discotecas, etc.
- Fumar dentro o fuera de la institución portando el uniforme (la institución es un establecimiento libre de humo).
- Portar y utilizar material pornográfico como láminas, videos, revistas, etc.
- No asistir a la institución habiendo salido de su casa para ella.
- Motivar e inducir a cualquier miembro de la institución al consumo de cigarrillo, alcohol o sustancias psicoactivas.
- Actos que atenten contra los buenos modales, la moral cristiana y las buenas costumbres.
- Participar de actos satánicos o experiencias y prácticas parasicológicas y actividades similares.
- Inducir, manipular u obligar a otra persona a realizar actos indebidos de cualquier tipo.
- Hurtar dinero, artículos u objetos a cualquier miembro de la comunidad educativa.
- Atentar contra la propiedad ajena, intentando el hecho o ejecutándolo.
- Retener y/o secuestrar a algún miembro de la comunidad educativa.
- Acosar, provocar, abusar y/o violar sexualmente a cualquier miembro de la comunidad educativa.
- Acosar, provocar o abusar de un compañero causando acoso escolar.
- Suplantar a otro estudiante o acudiente con la finalidad de evadir obligaciones o responsabilidades de todo orden.
- Amenazar o intimidar de hecho a cualquier miembro de la comunidad educativa.
- Distribuir o vender bebidas alcohólicas y/o sustancias alucinógenas dentro o fuera de la institución.
- Planear, liderar, estimular, apoyar o participar en actos de vandalismo u otro tipo de conductas violentas dentro de la institución.
Anónimo
- Incumplir acuerdos, convenios o contratos de carácter pedagógico académico – disciplinarios, previamente firmados por él y por su acudiente.
- Cualquier acto que de una u otra forma atente contra el derecho fundamental a la vida.
- Conformar o hacer parte de pandillas o bandas con fines delictivos o para crear un mal ambiente escolar.
- Fomentar y/o participar de cualquier actividad que afecte la integridad física y/o psicológica a los estudiantes de la institución (brujería, prostitución, acoso escolar, ciberbulling, tabla ouija).
- Cualquier comportamiento o conducta tipificada como delito en el código penal colombiano, ley de Infancia y Adolescencia, sus decretos reglamentarios y los que en lo sucesivo se expidan por el Gobierno Nacional.
- Dañar de manera intencional cualquier implemento entregado en custodia o para su uso por parte de la institución.
NOTA: Ante la concurrencia de este tipo de faltas, se garantizará al estudiante y a los acudientes respeto y observancia del debido proceso.
10.2 EL DEBIDO PROCESO
Los estudiantes de la Institución Educativa La Paz se verán favorecidos con la aplicación de un debido proceso cuando se encuentran en situaciones irregulares de comportamiento y de incumplimiento sistemático y violación a las normas contenidas en el Manual de Convivencia.
Cabe anotar en este sentido, que se procurará la permanencia del estudiante en la institución, los correctivos en sus primeras instancias, comprometerán acercamientos con los docentes y los padres de familia o acudientes responsables; se procurará antes que sancionar, un reconocimiento amplio y consecuente del Manual de Convivencia que conlleve al estudiante a prevenir situaciones irregulares. Para las faltas tipo II y III, se aplicarán suspensiones temporales o de exclusión por un tiempo determinado atendiendo a lo reglamentado en el Manual de Convivencia Escolar.
“Los niños son como la tierra, te devuelven lo que tú le des”.
Documental Africano
Para la adopción de correctivos o sanciones, bien sea de orden académico o disciplinario, deberán revisarse las circunstancias de orden atenuante o agravante, entendiendo por tales, el grado de responsabilidad como menor o mayor según cada caso. La valoración de la falta cometida por el estudiante se verá agravada según la edad y grado de escolaridad que posea, para los más pequeños, se procurará la persuasión, orientación y acompañamiento en el proceder disciplinario, a medida que avanza la escolaridad, la responsabilidad frente a la falta será mayor y la sanción comprometerá diferentes acciones, compromisos y responsabilidades.
10.3 ATENUANTE
Son las circunstancias que aminoran la aplicación de la sanción y que pueden considerarse como el menor grado de la responsabilidad del estudiante. Las conductas y circunstancias atenuantes pueden ser entre otras: Confesión voluntaria de la falta, haber actuado inducido o presionado por un tercero de mayor edad; cometer la falta en estado de alteración emocional o psicológica, haber observado buen comportamiento antes de cometer la falta, haber obrado por motivos nobles o altruistas, el haber procurado corregir o evitar los efectos nocivos de la falta, presentando una propuesta para resarcirla plenamente y un compromiso de no reincidir en la comisión de la misma antes de iniciarse la investigación disciplinaria por la autoridad competente.
10.4 AGRAVANTE
Son las circunstancias que aumentan en rigor la aplicación de la sanción y aumentan el grado de responsabilidad en la ejecución del hecho; estas circunstancias son entre otras: Ser reincidente, evadir la responsabilidad o atribuirla a otro, cometer la falta aprovechando la confianza depositada en él por la víctima o autoridad de la institución, cometer la falta con alevosía, premeditación o en complicidad con otra persona, el efecto perturbador de la falta en relación con la marcha institucional, el grado de afectación de los derechos ajenos, el haber cometido la falta para ocultar otra, el haber involucrado en la comisión de la falta a otros estudiantes o miembros de la comunidad educativa a sabiendas de su inocencia.
“A los padres de hoy se les debe recetar: más tiempo para sus hijos”.
Arun Gandhi
Cuando se trata de la aplicación de sanciones de orden pedagógico y/o disciplinario, debe hacerse por escrito y estar consignados en la hoja de vida del estudiante como evidencia del proceso seguido al implicado.
10.5 CORRECTIVOS PEDAGÓGICOS
Correctivo es una situación, hecho o factor que propicia o favorece la rectificación de un comportamiento inadecuado.
La institución tiene como principio general que su Manual de Convivencia está basado en el respeto mutuo entre los miembros de la comunidad educativa, en el acatamiento de los fundamentos morales de nuestra sociedad y el cumplimiento de las leyes, normas y reglamentos para propiciar la buena marcha y el entendimiento entre sus estamentos.
10.6 DEBIDO PROCESO PARA LA APLICACIÓN DE CORRECTIVOS Y SANCIONES
Todas las decisiones tomadas, están encaminadas hacia la formación del estudiante y procuran enmendar la falta cometida hasta donde sea posible.
El debido proceso para la aplicación de correctivos es el siguiente:
- Diálogo con el estudiante y la persona que presentó el problema o conflicto
- Llamado de atención verbal con anotación en la hoja de vida.
- Amonestación escrita en la hoja de vida.
- Remisión al docente orientador cuando la Institución cuente con este servicio.
- Suspensiones temporales de acuerdo con la falta cometida
“Me lo explicaron y lo olvidé, lo vi y lo entendí, lo hice y lo aprendí”.
Confucio
- Notificación de la falta a la autoridad respectiva: Si es menor de edad y la falta es TIPO III a infancia y adolescencia o comisaria de familia y si es mayor de edad y la falta es Tipo III la institución remitirá el caso al juzgado, fiscalía o a la autoridad competente.
10.6.1 Nota al debido procesoEl consejo directivo podrá autorizar a los coordinadores y al rector para realizar suspensiones cuando el padre de familia lo considere pertinente, dejando constancia por escrito y siempre que no se refiera a comportamientos desfavorables repetidos, en caso contrario se deberá reunir extraordinariamente para analizar el caso y emitir la suspensión por medio de acuerdo y posterior resolución rectoral.
10.6.2 Principios básicos u orientaciones al debido proceso
Atendiendo al derecho del debido proceso (Constitución Política de Colombia en su artículo 29), en toda clase de situaciones administrativas se deben tener en cuenta los siguientes principios básicos.
- Legalidad: se procede a hacer las cosas conforme a la norma.
- Culpabilidad: se califica la responsabilidad del autor del hecho.
- Presunción de inocencia: El estudiante investigado se presume inocente hasta que no se le demuestre lo contrario mediante la aplicación del debido proceso.
- Reconocimiento de la dignidad humana: El estudiante tiene derecho a recibir trato digno conforme a su condición de ser humano
- Cosa juzgada: Ningún estudiante será investigado o sancionado dos veces por el mismo hecho.
“Enseñar a quien no quiere aprender es como sembrar un campo sin ararlo”.
Richard Whately
- Favorabilidad: Cuando existan dos o más normas que regulen una circunstancia, se prefiere la más favorable al estudiante.
- Defensa: El estudiante tiene derecho a declarar, presentar pruebas, solicitar prácticas de pruebas, conocer todos los elementos componentes de la investigación, tener apoderado o representante, presentar descargos, interponer recursos (Reposición, apelación)
- Publicidad: El estudiante tiene derecho a conocer todas las acciones que se adelantan en la investigación.
- Reserva: La investigación adelantada sólo la conocerá el estudiante, su apoderado o representante y el investigador
- Resolución de la duda: Cuando existan dudas razonables, se resuelve a favor del estudiante por falta de pruebas.
10.7 CORRECTIVOS PEDAGÓGICOS
El mecanismo operativo del procedimiento correctivo de las diferentes faltas tienen un carácter acumulativo y la reincidencia puede afectar negativamente su proceso formativo y los desempeños disciplinarios obtenidos.
10.7.1 Etapa informativa:
- Conocimiento del acto que produjo la falta por parte de cualquier instancia de la institución.
- Relación del hecho por parte de los afectados, testigos y/o protagonistas ante la coordinación, la rectoría, equipo escolar de convivencia o su delegado.
- Identificación de posible(s) responsables de los hechos.
“Un maestro es una brújula que activa las imágenes de la curiosidad, el conocimiento”.
Anónimo
10.7.2 Etapa analítica
- Presentación de las pruebas y antecedentes disciplinarios
- Descargos y derecho a la defensa del inculpado
- Análisis de motivos atenuantes, agravantes o de aceptación del hecho.
- Determinación de la falta.
- Aplicación de la medida correctiva.
- Compromisos personales.
10.8 COMPETENCIAS, TÉRMINOS Y SANCIONES APLICABLES PARA CADA CASO:
10.8.1 Faltas TIPO I:
Aquellas que se refieren al incumplimiento de los deberes básicos de los estudiantes:
- Cuando es por primera vez: Cualquier miembro de la comunidad a través de un docente hará un llamado de atención verbal sobre la inconveniencia de ese comportamiento.
- Cuando es por segunda vez: Cualquier mimbro de la comunidad educativa a través de un docente, remite el caso al director de grupo para realizarle un llamado de atención por escrito.
- Cuando es reiterativo: cualquier miembro de la comunidad a través de un docente remite el caso a coordinación para hacer llamado por escrito en la hoja de vida, citar acudiente y aplicar la sanción respectiva previa confirmación del debido proceso por parte del docente y director (a) de grupo.
10.8.2 Protocolo para las faltas TIPO I:
Para estas situaciones se desarrollará el siguiente protocolo:
1.El docente o directivo docente que presencie los hechos, reunirá inmediatamente las partes involucradas en el conflicto y mediará de manera pedagógica para que éstas expongan sus puntos de vista y busquen la reparación de los daños causados, el restablecimiento de los derechos y la reconciliación dentro de un clima de relaciones constructivas en la institución educativa e informará al director(a) de grupo para el respectivo seguimiento.
- El docente mediador fijará la forma de solución de manera imparcial, equitativa y justa, encaminada a buscar la reparación de los daños causados, el restablecimiento de los derechos y la reconciliación dentro de un clima de relaciones constructivas.
- El director(a) de grupo realizar seguimiento del caso y a los compromisos a fin de verificar si la solución fue efectiva o si se requiere acudir a otras estrategias o instancias.
10.8.3 Sanciones Aplicables
Para este tipo de faltas se deben aplicar las siguientes sanciones o correctivos pedagógicos.
- Amonestación verbal.
- Compromiso con acciones de reparación o reivindicación de la falta.
- Correctivos pedagógicos.
- Amonestación escrita en la hoja de vida.
- Cuando existan reincidentes de faltas tipo I, se deberá rebajar la nota de comportamiento al finalizar el periodo lectivo.
10.8.4 Competencias
La competencia para la atención y actuación de las faltas tipo I corresponde al docente o director de grupo que presencie los hechos o reciba la información confiable de cualquier miembro de la comunidad educativa o de los testigos de la falta.
10.8.5 Términos para actuar
Se recomienda intervenir inmediatamente e iniciar el estudio y actuar en la aplicación de sanciones el mismo día de conocido el hecho o a más tardar el día siguiente al que se cometió la falta o se tuvo conocimiento de ella.
“Es bueno que nuestros niños tomen conciencia de sus derechos, pero también de sus obligaciones”
Carlos López Riesco.
10.8.6 Procedimiento a seguir
Se deben observar los siguientes procedimientos.
- Diálogo con el implicado, amonestación verbal e invitación a modificar su comportamiento.
- Si la amonestación verbal no produce efecto, se aplicará una acción pedagógica o de servicio social, acorde con la falta cometida.
- No se harán hacer amonestaciones por escrito en la hoja de vida por faltas tipo I, sin antes haber realizado acciones de diálogo o compromisos pedagógicos.
- Si el sancionado incumple el convenio señalado (dentro del término acordado: días, semanas meses, etc.) y reincide en la falta, se realizará una amonestación escrita en la hoja de vida. El estudiante responsable podrá hacer los descargos correspondientes y ejercer el derecho a la defensa antes de firmar la observación. La concurrencia de tres (3) amonestaciones escritas en la hoja de vida, por faltas Tipo I, contribuye una falta que se sancionará con la rebaja de la nota de comportamiento de período.
- Una quinta (5ª) amonestación escrita por una falta tipo I deberá sancionarse y procederse disciplinariamente con el estudiante y la familia para que se reconozca en el incumplimiento que presenta y la forma como está afectando la vida y convivencia escolar.
¿“Si quieres que tu hijo sea bueno hazlo feliz, si quieres que sea mejor, hazlo más feliz”
Héctor Abad Gómez
10.8.7 Cuadro de faltas TIPO I y procedimiento
“Un niño puede enseñar tres cosas a un adulto: a ponerse contento sin motivo, a estar siempre ocupado con algo y a saber exigir con todas sus fuerzas aquello que desea”
PauloCoelho
10.8.8 Faltas TIPO II
- Aquellas que afectan al colectivo estudiantil y docentes.
- Existen faltas Tipo II que ameritan el proceso sin los pasos previos de las faltas Tipo I.
- El docente, el director de grupo o miembro de la comunidad que conoce la falta, informan de inmediato a la coordinación.
- Siempre que se comete una falta tipo II se cita al acudiente, porque es parte fundamental en el proceso de formación. La sanción o correctivo se aplica dependiendo la gravedad de la falta. El estudiante que sea suspendido debe llegar al día con las actividades académicas a las cuales hubiera faltado.
10.8.9 Protocolo para las faltas TIPO II:
Para estas situaciones se desarrollará el siguiente protocolo:
- El docente que presencie los hechos intervendrá inmediatamente en el conflicto y mediará de manera pedagógica para que las partes expongan sus puntos de vista y busquen la reparación de los daños causados, el restablecimiento de los derechos y la reconciliación dentro de un clima de relaciones constructivas en el establecimiento educativo e informará oportunamente a coordinación para continuar con el proceso y realizar el respectivo seguimiento y acompañamiento.
- En caso de daño al cuerpo o a la salud, la institución garantizará la atención inmediata en lo referido a la salud física y mental de los involucrados, mediante la remisión a las entidades competentes, actuación de la cual se dejará constancia.
- Cuando se requieran medidas de restablecimiento de derechos, se remitirá la situación a las autoridades competentes, en el marco de la Ley 1098 de 2006.
- La institución adoptará medidas para proteger a los involucrados en la situación de posibles acciones en su contra.
Anónimo
- La institución Informará inmediatamente a los padres o acudientes de todos los estudiantes involucrados.
- Generar espacios en los que las partes involucradas y los padres o acudientes de los estudiantes, puedan exponer y precisar lo acontecido, preservando en cualquier caso, el derecho a la intimidad, confidencialidad y demás derechos.
- Determinar las acciones restaurativas que busquen la reparación de los daños causados, el restablecimiento de los derechos y la reconciliación dentro de un clima de relaciones constructivas en el establecimiento educativo. Así como las consecuencias aplicables a quienes han promovido, contribuido o participado en la situación reportada.
- El presidente del comité Escolar de Convivencia informará a los demás integrantes de éste, sobre la situación ocurrida y las medidas adoptadas. El comité realizará el análisis y seguimiento, a fin de verificar si la solución fue efectiva o si se requiere acudir al protocolo consagrado en el artículo 44 del presente decreto.
- El comité escolar de convivencia dejará constancia en acta de todo lo ocurrido y de las decisiones adoptadas, la cual será suscrita por todos los integrantes e intervinientes.
- El presidente del comité escolar de convivencia reportará la información del caso al aplicativo que para el efecto se haya implementado en el Sistema de Información Unificado de Convivencia Escolar.
Cuando el comité escolar de convivencia adopte como acciones o medidas la remisión de la situación al Instituto Colombiano de Bienestar Familiar, Comisaria de Familia o Infancia y Adolescencia para el restablecimiento de derechos, o al Sistema de Seguridad Social para la atención en salud integral, se remisión a por escrito y se deja constancia.
“La enseñanza que deja huella no es la que se hace de cabeza a cabeza, sino de corazón a corazón”.
Oscar Wilde
10.8.10 Sanciones aplicables
Para este tipo de faltas o conductas deben aplicarse las siguientes sanciones:
Suspensión de las actividades académicas entre uno (1) y tres (3) días, dependiendo de la tipificación de la falta y atendiendo a las circunstancias atenuantes o agravantes además, se deberá elaborar una acta de suspensión y compromiso de cambio incluido en la hoja de vida, el sancionado deberá ejercer acciones de reivindicación y reparación de la falta y se le rebajará nota de comportamiento al finalizar cada período, quedando en bajo.
10.8.11 Competencias
La competencia para atender este tipo de faltas corresponde al coordinador de la jornada escolar en la que se cometió la falta o se tuvo conocimiento del hecho. Podrá atender el asunto el docente o director de grupo que presencie los hechos, con el fin de minimizar los efectos, pero sólo podrá proceder con sanciones por delegación del coordinador siempre y cuando los acudientes hagan la solicitud, de lo contrario, los procedimientos tendrán sus decisiones en el consejo directivo para luego ser notificada por resolución rectoral. De la delegación se deberá dejar constancia escrita en la hoja de vida del estudiante.
El docente que inicie el caso debe informar por escrito a coordinación, los hechos y su intervención, para efectos del protocolo.
Los directores de grupo o docentes carecen de competencia para impedir la entrada o devolver a su casa al estudiante que haya cometido una falta.
Los coordinadores podrán imponer como sanción máxima la suspensión de tres (3) días al estudiante que cometió la falta. Las suspensiones superiores a cinco días son exclusivas del rector y del consejo directivo a partir del acuerdo y posterior resolución rectoral.
“La verdadera educación consiste en obtener lo mejor de uno mismo. ¿Qué otro libro se puede estudiar mejor que el de la Humanidad?
Mahatma Gandhi
10.8.12 Términos para actuar
Para la atención de estas faltas se dispone de un término máximo de tres (3) días lectivos, contados a partir de la ocurrencia de la falta o se tenga noticia del hecho. El término podrá prorrogarse cuando las circunstancias de obtención de pruebas, interrogación de testigos o solicitud de información así lo ameriten.
El responsable de una falta tipo II, permanecerá desescolarizado durante un día, el mismo día en que cometió la falta o se tuvo noticia de la ocurrencia de la misma. Luego de ello, deberá reintegrarse a la institución con la finalidad de iniciar el proceso disciplinario debidamente acompañado de sus padres o acudientes y acudir al coordinador o rector según el caso. El día de desescolarización se contará como parte de la sanción que se adopte.
“La primera tarea de la educación es agitar la vida, pero dejarla libre para que se desarrolle”.
Maria Montessori
10.8.13 Cuadro de faltas TIPO II y procedimiento.
10.9 FALTAS TIPO III
Son aquellas que se asocian a delitos contemplados en las leyes y códigos colombianos. (Constitución Política de Colombia, Ley de Convivencia Escolar contra el matoneo, código de infancia y adolescencia y demás normas legales. Además de la sanción de la institución educativa, el caso será remitido a la autoridad competente.
10.9.1 Protocolo para las faltas tipo III
Para estas situaciones se desarrollará el siguiente protocolo:
1.Se iniciará con los numerales 1 y 2 aplicados para las faltas tipo II
2.La institución informará inmediatamente a los padres o acudientes de los estudiantes involucrados.
“La educación es el recurso más poderoso que puedes utilizar para cambiar el mundo”. Nelson Mandela
3.El presidente del comité escolar de convivencia de manera inmediata y por el medio más expedito, pondrá la situación en conocimiento de la Policía Nacional.
4.No obstante, lo dispuesto en el numeral anterior, se citará a los integrantes del comité escolar de convivencia en los términos fijados en el Manual de Convivencia.
5.El presidente del comité escolar de convivencia informará a los participantes en el comité, de los hechos que dieron lugar a la convocatoria, guardando reserva de aquella información que pueda atentar contra el derecho a la intimidad y confidencialidad de las partes involucradas, así como del reporte realizado ante la autoridad competente.
6.El comité escolar de convivencia adoptará de manera inmediata, las medidas propias del establecimiento educativo, tendientes a proteger dentro del ámbito de sus competencias a la víctima, a quien se le atribuye la agresión y a las personas que hayan informado o hagan parte de la situación presentada.
7.El presidente del comité escolar de convivencia reportará la información del caso en el Sistema de Información Unificado de Convivencia Escolar.
8.Los casos sometidos a este protocolo serán objeto de seguimiento por parte del comité escolar de convivencia.
10.9.2 Sanciones.
10.9.3 Competencias.
La intervención en primera instancia corresponde al docente o directivo que presencie o tenga conocimiento de la falta.
“Educar no es dar carrera para vivir sino templar el alma para las dificultades de la vida”
Pitágoras
La competencia para atender este tipo de faltas corresponde al coordinador de la jornada escolar en la que se cometió la falta o se tuvo conocimiento del hecho. Si el caso lo amerita debe tratarse en rectoría o conjuntamente entre coordinación y rectoría o ser llevado al comité de convivencia escolar o consejo directivo.
La sanción puede ser aplicada por coordinación, rectoría o Consejo directivo, en su orden de acuerdo a la gravedad del asunto y teniendo en cuenta la decisión de los padres o acudientes en lo referente a la toma de correctivos o suspensiones.
10.9.4 Términos para actuar
El proceso disciplinario debe iniciarse durante los tres (3) días hábiles, contados a partir de la ocurrencia de la falta o se tenga noticia del hecho. El término podrá prorrogarse cuando las circunstancias de obtención de pruebas, interrogación de testigos, solicitud de información así lo ameriten.
En todos los casos el responsable de la falta Tipo III, permanecerá des escolarizado durante el día en que cometió la falta o se tuvo noticia de la ocurrencia de la misma. Luego deberá reintegrarse a la institución con la finalidad de iniciar el proceso disciplinario, debidamente acompañado de sus padres o acudientes y acudir a la oficina de coordinación o rectoría según el caso. El día de des escolarización se contará como parte de la sanción que se adopte.
PARÁGRAFO: De cada una de las actuaciones anteriores se dejará constancia
10.9.5 Cuadro de faltas TIPO III y procedimiento.
Son aquellas que se asocian a delitos contemplados en las leyes y códigos colombianos. (Constitución Política de Colombia, Ley de Convivencia Escolar contra el matoneo, código de infancia y adolescencia y demás normas legales. Además de la sanción de la institución educativa, el caso será remitido a la autoridad competente.
10.9.1 Protocolo para las faltas tipo III
Para estas situaciones se desarrollará el siguiente protocolo:
1.Se iniciará con los numerales 1 y 2 aplicados para las faltas tipo II
2.La institución informará inmediatamente a los padres o acudientes de los estudiantes involucrados.
“La educación es el recurso más poderoso que puedes utilizar para cambiar el mundo”. Nelson Mandela
3.El presidente del comité escolar de convivencia de manera inmediata y por el medio más expedito, pondrá la situación en conocimiento de la Policía Nacional.
4.No obstante, lo dispuesto en el numeral anterior, se citará a los integrantes del comité escolar de convivencia en los términos fijados en el Manual de Convivencia.
5.El presidente del comité escolar de convivencia informará a los participantes en el comité, de los hechos que dieron lugar a la convocatoria, guardando reserva de aquella información que pueda atentar contra el derecho a la intimidad y confidencialidad de las partes involucradas, así como del reporte realizado ante la autoridad competente.
6.El comité escolar de convivencia adoptará de manera inmediata, las medidas propias del establecimiento educativo, tendientes a proteger dentro del ámbito de sus competencias a la víctima, a quien se le atribuye la agresión y a las personas que hayan informado o hagan parte de la situación presentada.
7.El presidente del comité escolar de convivencia reportará la información del caso en el Sistema de Información Unificado de Convivencia Escolar.
8.Los casos sometidos a este protocolo serán objeto de seguimiento por parte del comité escolar de convivencia.
10.9.2 Sanciones.
- Comunicación Inmediata a su acudiente
- Suspensión de 5, 10 o más días dependiendo de la falta, sus atenuantes o agravantes.
- Suspensión inmediata de las actividades académicas.
- Negación del cupo para el año siguiente.
- Seguimiento del protocolo de acuerdo al decreto 1965 de septiembre 11 de 2013.
10.9.3 Competencias.
La intervención en primera instancia corresponde al docente o directivo que presencie o tenga conocimiento de la falta.
“Educar no es dar carrera para vivir sino templar el alma para las dificultades de la vida”
Pitágoras
La competencia para atender este tipo de faltas corresponde al coordinador de la jornada escolar en la que se cometió la falta o se tuvo conocimiento del hecho. Si el caso lo amerita debe tratarse en rectoría o conjuntamente entre coordinación y rectoría o ser llevado al comité de convivencia escolar o consejo directivo.
La sanción puede ser aplicada por coordinación, rectoría o Consejo directivo, en su orden de acuerdo a la gravedad del asunto y teniendo en cuenta la decisión de los padres o acudientes en lo referente a la toma de correctivos o suspensiones.
10.9.4 Términos para actuar
El proceso disciplinario debe iniciarse durante los tres (3) días hábiles, contados a partir de la ocurrencia de la falta o se tenga noticia del hecho. El término podrá prorrogarse cuando las circunstancias de obtención de pruebas, interrogación de testigos, solicitud de información así lo ameriten.
En todos los casos el responsable de la falta Tipo III, permanecerá des escolarizado durante el día en que cometió la falta o se tuvo noticia de la ocurrencia de la misma. Luego deberá reintegrarse a la institución con la finalidad de iniciar el proceso disciplinario, debidamente acompañado de sus padres o acudientes y acudir a la oficina de coordinación o rectoría según el caso. El día de des escolarización se contará como parte de la sanción que se adopte.
PARÁGRAFO: De cada una de las actuaciones anteriores se dejará constancia
10.9.5 Cuadro de faltas TIPO III y procedimiento.
PARÁGRAFO 1: La reincidencia en las faltas tipo III serán remitidas al consejo directivo quien las sancionará, además deberán ser notificadas a la autoridad competente según lo estipulado en la ley 1098 de 2006 “Código de infancia y adolescencia”. Se podrá dar expulsión y negación de cupo.
“El arte de enseñar es el arte de ayudar a descubrir”.
Mar Van Doren
10.9.7 DERECHOS DEL ESTUDIANTE QUE SE ENCUENTRA COMPROMETIDO CON UN DEBIDO PROCESO DISCIPLINARIO:
Todo infractor tiene derecho a:
“La educación ayuda a la persona a aprender a ser lo que es capaz de ser”
Hesíodo
La inobservancia de esta disposición resta todo valor a lo actuado.
Nota: El consejo directivo facultó a los Coordinadores para realizar suspensiones cuando el padre de familia lo considere pertinente dejando constancia por escrito en caso contrario se deberá reunir extraordinariamente el consejo DIRECTIVO para analizar el caso y emitir la suspensión por medio de la resolución rectoral.
10.9.6 CONDUCTO REGULAR PARA CASOS ACADÉMICOS.
10.9.7 CONDUCTO REGULAR PARA CASOS DISCIPLINARIOS.
“Lo que se le dé a los niños, los niños darán a la sociedad”.
Karl Menninger
11 DEL GOBIERNO ESCOLAR
11.1 EL RECTOR.
11.2 Funciones del rector
Con la educación podemos llegar al techo del mundo sin movernos de nuestro escritorio”.
Ramiro Manzano Núñez
“El hombre es lo que la educación hace de él”.
Emmanuel Kant
Es la manifestación escrita y de mayor jerarquía dentro de la institución educativa. Solamente el rector, por medio del art. 132 de la ley 115 de 1994, decreto 1860 de 1994 art. 25, posee la facultad para sancionar a los estudiantes matriculados en la institución educativa. La resolución rectoral recoge los acuerdos del Consejo Directivo y pueden estar referidos a los aspectos diversos de la vida escolar.
11.4 EL CONSEJO DIRECTIVO:
11.4.1 Funciones del CONSEJO DIRECTIVO.
“La educación es el vestido de gala para asistir a la fiesta de la vida”.
Anónimo
“Abrid escuelas para cerrar prisiones.”
Victor Hugo
11.5 EL CONSEJO ACADÉMICO
11.5.1 De los integrantes
El consejo académico está integrado por el rector quien lo preside, los directivos docentes y un docente por cada área definida en el plan de estudios.
11.5.2 Periodo de ejercicio
Los integrantes del consejo académico ejercerán sus funciones por un periodo de (1) un año contado a partir del acto de posesión que deberá darse (30) días después de iniciado el calendario escolar.
11.5.3 Las sesiones de trabajo
“Dar ejemplo es la principal manera e influir sobre los demás, es la única manera”
Albert Einstein
11.5.4 Del QUÓRUM
11.5.5 Funciones del Consejo Académico
11.6 EL PERSONERO(A) ESTUDIANTIL
11.6.1 Funciones del Personero
“Un niño no es una botella que hay que llenar, sino un fuego que hay que avivar”.
Michael de Montaigne
11.7 EL CONTRALOR (A) ESTUDIANTIL
11.7.1 De la elección para la Contraloría
En todas las Instituciones Educativas, el contralor (a) estudiantil será un estudiante que curse el grado noveno o décimo y será elegido por los estudiantes mediante el voto popular, evento que se realizará el mismo día de la elección de personero (a) estudiantil.
11.7.2 Funciones del Contralor
“El mejor olor el del pan, el mejor sabor el de la sal, el mejor amor el de los niños”
Graham Crisóstomo
“Es bueno que nuestros niños tomen conciencia de sus derechos, pero también de sus obligaciones”.
Carlos López Riesco
11.8 EL CONSEJO DE ESTUDIANTES
11.8.1 Funciones del Consejo de Estudiantes
11.8.2 Funciones del Representante de Grupo
“Es bueno que nuestros niños tomen conciencia de sus derechos, pero también de sus obligaciones”.
Carlos López Riesco
11.9 EL CONSEJO DE PADRES
11.9.1 FUNCIONES DEL CONSEJO DE PADRES
Anónimo
“Esta es nuestra obligación hacia el niño: darle un rayo de luz, y seguir nuestro camino”.
María Montessori
11 COMITÉ ESCOLAR DE CONVIVENCIA.
11.1 CONFORMACIÓN
Conforme al artículo 12 el comité escolar de convivencia estará conformado por:
11.2 FUNCIONES DEL COMITÉ ESCOLAR DE CONVIVENCIA:
“A los padres de hoy se les debe recetar: Más tiempo para sus hijos”
Arun Gandhi
11.10 REGLAMENTO INTERNO DEL COMITÉ ESCOLAR DE CONVIVENCIA ESCOLAR
“Recogemos al hombre que hayamos sembrado de niños”.
Proverbio Oriental
11.11 RUTA DE ATENCIÓN INTEGRAL
La ruta de atención integral interna para garantizar la atención inmediata y pertinente de los casos de violencia escolar, violación a los derechos humanos, vulneración de derechos sexuales y reproductivos, así como de casos de embarazo en adolescentes será:
a)El docente que presencia los hechos o tenga información en primera instancia debe intervenir como mediador e informar a coordinación o rectoría por escrito relacionando los hechos y su proceso de intervención.
b)La Coordinación general debe poner en conocimiento de los padres o acudientes los hechos para buscar alternativas de solución, dejando constancia de citación, actas de reunión y alternativas de solución.
c)La coordinación debe informar a rectoría por escrito relacionando los hechos y su proceso de intervención.
d)Si el caso lo amerita el rector debe presentar el caso al Comité de Convivencia Escolar quedando constancia en el acta.
PARÁGRAFO: La institución garantizará a través del docente orientador, los docentes y los directivos acciones de prevención, promoción, intervención y seguimiento para mitigar los casos de violencia escolar y violación de los derechos humanos, sexuales y reproductivos.
11.12 LA RUTA DE ATENCIÓN EXTERNA SERÁ:
Cuando la situación lo amerite, es el Rector quien debe reportar el caso a la instancia designada por el Comité Municipal de Convivencia por escrito, describiendo los hechos y las acciones realizadas por la institución.
Igualmente es el rector quien debe ingresar la información al Sistema Nacional de Información creada por el MEN, cuando el caso lo amerite.
“Un maestro debe tener: virtud, firmeza, saber, entendimiento y VOCACIÓN”.
Dupanloup
11.13 JORNADA ESCOLAR
Los horarios de clase para cada una de las jornadas y niveles de enseñanza son los siguientes:
“El arte de enseñar es el arte de ayudar a descubrir”.
Mar Van Doren
10.9.7 DERECHOS DEL ESTUDIANTE QUE SE ENCUENTRA COMPROMETIDO CON UN DEBIDO PROCESO DISCIPLINARIO:
Todo infractor tiene derecho a:
- A la presunción de su inocencia hasta que no se demuestre lo contrario.
- A ser informado previamente, mediante comunicación detallada, de la acusación que contra él se formula.
- A que se le conceda el tiempo y los medios adecuados para preparar su defensa.
- A defenderse personalmente o ser asistido por un defensor de su elección con el cual pueda comunicarse libre y privadamente
- A no ser obligado a declarar contra sí mismo.
- A no ser sometido a nuevo juicio por los mismos hechos tras haber sido absuelto.
“La educación ayuda a la persona a aprender a ser lo que es capaz de ser”
Hesíodo
La inobservancia de esta disposición resta todo valor a lo actuado.
Nota: El consejo directivo facultó a los Coordinadores para realizar suspensiones cuando el padre de familia lo considere pertinente dejando constancia por escrito en caso contrario se deberá reunir extraordinariamente el consejo DIRECTIVO para analizar el caso y emitir la suspensión por medio de la resolución rectoral.
10.9.6 CONDUCTO REGULAR PARA CASOS ACADÉMICOS.
- Docente del área
- Director de grupo
- Coordinador general
- Consejo académico
- Consejo directivo
10.9.7 CONDUCTO REGULAR PARA CASOS DISCIPLINARIOS.
- Docente que se entera de la falta
- Director de grupo.
- Coordinador(a) general
- Docente orientador.
- Equipo de convivencia.
- Rector
- Consejo directivo.
“Lo que se le dé a los niños, los niños darán a la sociedad”.
Karl Menninger
11 DEL GOBIERNO ESCOLAR
11.1 EL RECTOR.
11.2 Funciones del rector
- Dirigir la preparación del Proyecto Educativo Institucional con la participación de los distintos actores de la Comunidad Educativa.
- Presidir el Consejo Directivo, el Consejo Académico, la Comisión de Promoción y Evaluación, el Comité de Convivencia Escolar y coordinar los distintos órganos del gobierno escolar.
- Representar al establecimiento ante las autoridades educativas y la Comunidad Educativa.
- Formular planes anuales de acción y de mejoramiento de la calidad de la educación y dirigir su ejecución.
- Dirigir el trabajo de los equipos docentes y establecer contactos interinstitucionales para el logro de las metas educativas.
- Realizar el control sobre el cumplimiento de las funciones correspondientes al personal docente y administrativo y reportar las novedades e irregularidades a la Secretaría de Educación Municipal, Departamental o a quien haga sus veces.
- Administrar el personal docente asignado a la institución en lo relacionado con las novedades y los permisos.
Con la educación podemos llegar al techo del mundo sin movernos de nuestro escritorio”.
Ramiro Manzano Núñez
- Participar en la definición de perfiles para la selección del personal docente y en su selección definitiva.
- Distribuir las asignaciones académicas y demás funciones de docentes, directivos docentes y administrativos a su cargo, de conformidad con las normas sobre la materia.
- Realizar la evaluación anual del desempeño y período de prueba de los docentes, directivos docentes y administrativos a su cargo.
- Imponer las sanciones disciplinarias propias del sistema de control interno disciplinarias de conformidad con las normas vigentes.
- Proponer a los docentes que serán apoyados para recibir capacitación.
- Suministrar información oportuna al departamento, distrito o municipio, de acuerdo con sus requerimientos.
- Responder por la calidad de la prestación del servicio de su Institución.
- Rendir un informe al Consejo Directivo de la institución al menos cada seis meses.
- Administrar el fondo de servicios educativos y los recursos que por incentivos se le asignan, en los términos de la presente ley.
- Publicar una vez al semestre en lugares públicos y comunicar por escrito a los padres de familia, los docentes a cargo de cada asignatura, los horarios y la carga académica de cada uno de ellos.
- Las demás que le asigne el gobernador o alcalde para la correcta prestación del servicio educativo.
- Liderar el comité escolar de convivencia.
“El hombre es lo que la educación hace de él”.
Emmanuel Kant
- Incorporar en los procesos de planeación institucional el desarrollo de los componentes de prevención, de promoción y los protocolos.
- Liderar la revisión y ajuste del Proyecto Educativo Institucional, el Manual de Convivencia, y el Sistema Institucional de Evaluación, en el marco del plan de mejoramiento institucional.
- Reportar aquellos casos de acoso, violencia escolar y vulneración de derechos sexuales y reproductivos de los niños, niñas y adolescentes del establecimiento educativo.
Es la manifestación escrita y de mayor jerarquía dentro de la institución educativa. Solamente el rector, por medio del art. 132 de la ley 115 de 1994, decreto 1860 de 1994 art. 25, posee la facultad para sancionar a los estudiantes matriculados en la institución educativa. La resolución rectoral recoge los acuerdos del Consejo Directivo y pueden estar referidos a los aspectos diversos de la vida escolar.
11.4 EL CONSEJO DIRECTIVO:
11.4.1 Funciones del CONSEJO DIRECTIVO.
- Tomar las decisiones que afecten el funcionamiento de la institución.
- Servir de instancia para resolver los conflictos que se presenten entre docentes y administrativos con estudiantes del establecimiento educativo y después de haber agotado los procedimientos previstos en el Manual de Convivencia.
“La educación es el vestido de gala para asistir a la fiesta de la vida”.
Anónimo
- Adoptar el Manual de Convivencia y el reglamento de la institución.
- Asumir la defensa y garantía de los derechos de toda la comunidad educativa cuando alguno de los miembros se sienta lesionado.
- Participar en la planeación y evaluación del proyecto educativo institucional, del currículo, del plan de estudio y someterlos a la consideración de la secretaría de educación respectiva o del organismo que haga sus veces, para que verifiquen el cumplimiento de los requisitos establecidos en la ley y los reglamentos.
- Estimular y controlar el buen funcionamiento de la institución educativa.
- Participar en la evaluación de los docentes y de los directivos docentes.
- Recomendar criterios de participación de la institución en actividades comunitarias, deportivas, culturales y recreativas.
- Promover las relaciones de tipo académico, deportivo y cultural con otras instituciones educativas.
- Fomentar la conformación de las asociaciones de padres de familia.
- Vigilar y controlar ingresos y egresos del fondo de servicios educativos.
- Darse su propio reglamento.
“Abrid escuelas para cerrar prisiones.”
Victor Hugo
11.5 EL CONSEJO ACADÉMICO
11.5.1 De los integrantes
El consejo académico está integrado por el rector quien lo preside, los directivos docentes y un docente por cada área definida en el plan de estudios.
11.5.2 Periodo de ejercicio
Los integrantes del consejo académico ejercerán sus funciones por un periodo de (1) un año contado a partir del acto de posesión que deberá darse (30) días después de iniciado el calendario escolar.
11.5.3 Las sesiones de trabajo
- Las sesiones de Trabajo que celebre el consejo académico serán de carácter ordinario y extraordinario.
- Las sesiones ordinarias se celebrarán bimensualmente de acuerdo con la programación prescrita en el PEI y sus miembros serán convocados con una antelación de (48) cuarenta y ocho horas mediante citación escrita en donde consta el orden del día.
- Las sesiones de carácter extraordinario serán convocadas cuando el rector considere conveniente mediante citación escrita, en donde consta el motivo de la sesión y se hará con (24) veinticuatro horas de antelación.
“Dar ejemplo es la principal manera e influir sobre los demás, es la única manera”
Albert Einstein
11.5.4 Del QUÓRUM
- El consejo académico no podrá abrir sesiones para deliberar con menos de la mitad absoluta de sus integrantes.
- Las decisiones requerirán para su aprobación de las (3/4) tres cuartas partes del total absoluto de los votos de los miembros del consejo académico.
11.5.5 Funciones del Consejo Académico
- Servir de órgano consultor del consejo directivo en la revisión de la propuesta del proyecto educativo Institucional.
- Estudiar el currículo y propiciar su continuo mejoramiento, introduciendo las modificaciones y ajustes, de acuerdo con el procedimiento previsto en el presente decreto.
- Organizar el plan de estudios y orientar su ejecución.
- Participar en la evaluación Institucional anual.
- Recibir y decidir los reclamos de los estudiantes sobre la evaluación educativa.
- Las demás funciones afines o complementarias con las anteriores que le atribuya el proyecto educativo institucional.
11.6 EL PERSONERO(A) ESTUDIANTIL
11.6.1 Funciones del Personero
- Promover el cumplimiento de los derechos y deberes de los estudiantes para lo cual podrá utilizar los medios de comunicación interna del establecimiento.
- Recibir y evaluar las quejas y reclamos que presenten los educandos, sobre la violación a sus derechos y los que formule cualquier persona de la comunidad sobre el incumplimiento de las obligaciones de los estudiantes.
“Un niño no es una botella que hay que llenar, sino un fuego que hay que avivar”.
Michael de Montaigne
- Presentar ante el rector según sus competencias, las solicitudes de oficio o a petición de parte que considere necesarias para proteger los derechos de los estudiantes y facilitar el cumplimiento de sus deberes.
- Cuando lo considere necesario, apelar ante el consejo directivo, las decisiones del rector respecto a las peticiones presentadas por su intermedio.
- Presentar ante el Consejo de estudiantes informes periódicos de su gestión.
- Servir de instancia en la resolución de conflictos a través de mecanismos de conciliación y mediación.
- Ser veedor, defensor, promotor, mediador y vocero de los estudiantes.
- Velar por el funcionamiento correcto de los órganos del gobierno escolar que en cumplimiento de sus funciones tomen decisiones que afecten directa o indirectamente a los estudiantes.
- Proponer acciones tendientes a mejorar la calidad de vida en la Institución, tales como foros, seminarios y talleres.
11.7 EL CONTRALOR (A) ESTUDIANTIL
11.7.1 De la elección para la Contraloría
En todas las Instituciones Educativas, el contralor (a) estudiantil será un estudiante que curse el grado noveno o décimo y será elegido por los estudiantes mediante el voto popular, evento que se realizará el mismo día de la elección de personero (a) estudiantil.
11.7.2 Funciones del Contralor
- Propiciar acciones concretas y permanentes, de control social a la gestión de las instituciones educativas.
- Promover la rendición de cuentas en las instituciones educativas.
“El mejor olor el del pan, el mejor sabor el de la sal, el mejor amor el de los niños”
Graham Crisóstomo
- Canalizar las inquietudes que tenga la comunidad educativa, sobre deficiencias o irregularidades en la ejecución del presupuesto o el manejo de los bienes de las instituciones educativas.
- Poner en conocimiento del organismo de control competente, las denuncias que tengan mérito, con el fin de que se apliquen los procedimientos de investigación que resulten procedentes.
- Comunicar a la comunidad educativa, los resultados de la gestión realizada durante el período.
- Conocer el Proyecto Educativo Institucional (PEI), el plan de mejoramiento, el presupuesto y el plan de compras de la institución educativa.
- Velar por el cuidado del medio ambiente.
- Promover en la comunidad educativa, programas para incentivar el uso racional de los recursos.
- Aplicar para el ejercicio de sus actividades, los procedimientos y formatos dispuestos en el manual diseñado por la contraloría general de Antioquia.
- Cumplir en las fechas señaladas, con la entrega de informes y reportes objeto del manual del contralor estudiantil, diseñado por la contraloría general de Antioquia.
- Presentar plan de trabajo de su gestión, con base en las actividades y objetivos definidos en los instrumentos de la contraloría general de Antioquia.
- Efectuar seguimiento trimestral al plan de trabajo sugerido a título personal.
- Instruirse mediante los instrumentos teóricos, virtuales, presenciales, dispuestos por la contraloría general de Antioquia.
“Es bueno que nuestros niños tomen conciencia de sus derechos, pero también de sus obligaciones”.
Carlos López Riesco
- Seguir conducto regular de comunicación frente a presuntas inconsistencias surgidas en el control social.
- Conservar una actitud personal adecuada frente a normas sociales, internas del Manual de Convivencia y en general mantener el buen comportamiento propio de un estudiante con sentido de pertenencia frente a su comunidad educativa y al perfil que representa.
- Mantener una actitud reflexiva y propositiva que le permitan orientar una favorable gestión de control social en la institución educativa, de modo que se facilite el ejercicio paralelo en el reconocimiento de debilidades y elementos de mejoramiento continuo.
- Sin beneficio preferente, acogerse a las normas establecidas en el Manual de Convivencia escolar.
11.8 EL CONSEJO DE ESTUDIANTES
11.8.1 Funciones del Consejo de Estudiantes
- Elegir el representante de los estudiantes ante el consejo directivo del establecimiento y asesorarlo en el cumplimiento de su representación.
- Invitar a sus deliberaciones a aquellos estudiantes que presenten iniciativas sobre el desarrollo de la vida estudiantil.
- Las demás actividades afines o complementarias con las anteriores que le atribuya el Manual de Convivencia.
11.8.2 Funciones del Representante de Grupo
- Llevar la vocería del grupo con ideas, opiniones y sugerencias.
- Ser punto de apoyo para el director de grupo.
- Colaborar con el docente y grupo de compañeros en actividades diversas.
- Participar en las reuniones de representante de grupo y consejo de estudiantes.
- Ser líder de sus compañeros dando buen ejemplo de comportamiento y responsabilidad académica.
“Es bueno que nuestros niños tomen conciencia de sus derechos, pero también de sus obligaciones”.
Carlos López Riesco
- Registrar asistencia al iniciar jornada académica e informarle al director de grupo.
- Colaborar con el docente informando y registrando anomalías disciplinarias en las clases.
- Informar inmediatamente al director de grupo o coordinación, cuando se presente un incidente dentro o fuera del salón.
- Ser intermediario entre el docente y los directivos cuando la situación lo amerite.
- Darse su propia organización interna.
- Velar por la permanencia del grupo en el aula durante los cambios de clase.
- Tener sentido de pertenencia, colaboración y disponibilidad en las diferentes actividades asignadas.
- Apoyar y liderar los proyectos realizados por la institución.
- Apoyar los estudiantes con menor rendimiento académico.
- Mediar en los conflictos mientras interviene un docente o directivo.
- Brindar aportes positivos para el mejoramiento de la convivencia escolar.
- Velar por los derechos y deberes de los estudiantes.
- Informar a los compañeros lo tratado en reuniones donde tenga participación.
- Velar por el buen uso de los enseres de la institución.
11.9 EL CONSEJO DE PADRES
11.9.1 FUNCIONES DEL CONSEJO DE PADRES
- Promover el cumplimiento eficiente de las funciones de la asociación de padres de familia.
- Obtener conjuntamente recursos técnicos de alta calificación, necesarios para promover el mejoramiento de la calidad del proceso educativo.
- Ejercer una vigilancia colegiada del funcionamiento de los órganos afiliados
- Contribuir con el rector o director en el análisis, difusión y uso de los resultados de las evaluaciones periódicas de competencias y las pruebas de Estado.
Anónimo
- Exigir que el establecimiento con todos sus estudiantes, participe en las pruebas de estado realizadas por el Instituto Colombiano para el Fomento de la Educación Superior ICFES.
- Apoyar las actividades artísticas, científicas, técnicas y deportivas que organice el establecimiento educativo, orientadas a mejorar las competencias de los estudiantes en las distintas áreas, incluida la ciudadana y la creación de la cultura de la legalidad.
- Participar en la elaboración de planes de mejoramiento y en el logro de los objetivos planteados.
- Promover actividades de formación de los padres de familia encaminadas a desarrollar estrategias de acompañamiento a los estudiantes para facilitar el afianzamiento de los aprendizajes, fomentar la práctica de hábitos de estudio extraescolares, mejorar la autoestima y el ambiente de convivencia y especialmente aquellas destinadas a promover los derechos del niño.
- Propiciar un clima de confianza, entendimiento, integración, solidaridad y concertación entre todos los estamentos de la comunidad educativa.
- Presentar propuestas de mejoramiento del Manual de Convivencia en el marco de la Constitución y la Ley.
- Colaborar en las actividades destinadas a la promoción de la salud física y mental de los educandos, la solución de las dificultades de aprendizaje, la detección de problemas de integración escolar y el mejoramiento del medio ambiente.
- Elegir al padre de familia que participará en la comisión de evaluación y promoción de acuerdo con el Decreto 230 de 2002.
- Presentar las propuestas de modificación del Proyecto Educativo Institucional que surjan de los padres de familia de conformidad con lo previsto en los artículos 14, 15 y 16 del Decreto 1860 de 1994.
- Elegir los dos representantes de los padres de familia en el consejo directivo del establecimiento educativo con la excepción establecida en el parágrafo 2 del artículo 9 del presente decreto.
“Esta es nuestra obligación hacia el niño: darle un rayo de luz, y seguir nuestro camino”.
María Montessori
11 COMITÉ ESCOLAR DE CONVIVENCIA.
11.1 CONFORMACIÓN
Conforme al artículo 12 el comité escolar de convivencia estará conformado por:
- El rector(a), quien preside el comité.
- El personero estudiantil.
- El docente orientador(a).
- Un coordinador(a).
- El presidente del consejo de padres de familia.
- El presidente del consejo de estudiantes.
- Un docente que lidere procesos o estrategias de convivencia escolar.
11.2 FUNCIONES DEL COMITÉ ESCOLAR DE CONVIVENCIA:
- Identificar, documentar, analizar y resolver los conflictos que se presenten entre docentes y estudiantes, directivos y estudiantes, entre estudiantes y entre docentes.
- Liderar acciones que fomenten la convivencia, la construcción de ciudadanía, el ejercicio de los derechos humanos, sexuales y reproductivos y la prevención y mitigación de la violencia escolar.
- Promover la vinculación de los establecimientos educativos a estrategias, programas y actividades de convivencia y construcción de ciudadanía que se adelanten en la región.
- Convocar a un espacio de conciliación para la resolución de conflictos. El estudiante estará acompañado por el padre, madre de familia o acudiente.
- Activar la Ruta de Atención Integral.
- Liderar el desarrollo de estrategias e instrumentos destinados a promover y evaluar la convivencia escolar.
“A los padres de hoy se les debe recetar: Más tiempo para sus hijos”
Arun Gandhi
- Hacer seguimiento al cumplimiento de las disposiciones establecidas en el Manual de Convivencia, y presentar informes a la respectiva instancia que hace parte de la estructura del Sistema Nacional de Convivencia Escolar.
- Proponer, analizar y viabilizar estrategias pedagógicas que permitan la flexibilización del modelo pedagógico y la articulación de diferentes áreas de estudio.
- Velar por la ejecución de los proyectos pedagógicos y su articulación con la promoción y prevención de la convivencia y la formación ciudadana.
- Darse su propio reglamento.
11.10 REGLAMENTO INTERNO DEL COMITÉ ESCOLAR DE CONVIVENCIA ESCOLAR
- El equipo de convivencia se dará su pio reglamento.
- Se reunirá como mínimo una vez cada dos meses.
- El quórum para el inicio de las reuniones será de las 2/3 partes.
- La aprobación de las propuestas será de la mitad más uno de los asistentes a la reunión.
- Las reuniones serán presididas por el rector conforme a la ley de convivencia.
- Los integrantes deben presentar excusas y con anticipación ante la coordinación del comité en caso de ausencia a las reuniones.
- Las sesiones extraordinarias serán convocadas por el presidente del comité escolar de convivencia, cuando las circunstancias lo exijan o· por solicitud de cualquiera de los integrantes del mismo.
- El equipo de convivencia nombrará una secretaria(o) para la realización de las respectivas actas, siguiendo las orientaciones del artículo 25 del decreto 1965.
- Los miembros del Comité Escolar de Convivencia garantizarán el derecho a la intimidad y a la confiabilidad de los datos personales, so pena de las sanciones de ley.
- En cualquier caso, el Comité Escolar de Convivencia no podrá sesionar sin la presencia del presidente, (artículo 24 del decreto 1965).
“Recogemos al hombre que hayamos sembrado de niños”.
Proverbio Oriental
11.11 RUTA DE ATENCIÓN INTEGRAL
La ruta de atención integral interna para garantizar la atención inmediata y pertinente de los casos de violencia escolar, violación a los derechos humanos, vulneración de derechos sexuales y reproductivos, así como de casos de embarazo en adolescentes será:
a)El docente que presencia los hechos o tenga información en primera instancia debe intervenir como mediador e informar a coordinación o rectoría por escrito relacionando los hechos y su proceso de intervención.
b)La Coordinación general debe poner en conocimiento de los padres o acudientes los hechos para buscar alternativas de solución, dejando constancia de citación, actas de reunión y alternativas de solución.
c)La coordinación debe informar a rectoría por escrito relacionando los hechos y su proceso de intervención.
d)Si el caso lo amerita el rector debe presentar el caso al Comité de Convivencia Escolar quedando constancia en el acta.
PARÁGRAFO: La institución garantizará a través del docente orientador, los docentes y los directivos acciones de prevención, promoción, intervención y seguimiento para mitigar los casos de violencia escolar y violación de los derechos humanos, sexuales y reproductivos.
11.12 LA RUTA DE ATENCIÓN EXTERNA SERÁ:
Cuando la situación lo amerite, es el Rector quien debe reportar el caso a la instancia designada por el Comité Municipal de Convivencia por escrito, describiendo los hechos y las acciones realizadas por la institución.
Igualmente es el rector quien debe ingresar la información al Sistema Nacional de Información creada por el MEN, cuando el caso lo amerite.
“Un maestro debe tener: virtud, firmeza, saber, entendimiento y VOCACIÓN”.
Dupanloup
11.13 JORNADA ESCOLAR
Los horarios de clase para cada una de las jornadas y niveles de enseñanza son los siguientes:
”Aprender es descubrir que algo es posible”.
Fritz Perls
12 SISTEMA INSTITUCIONAL DE EVALUACIÓN. (SIE).
La Institución Educativa La Paz concibe y reconoce la evaluación como un proceso integral donde se evalúan las competencias, conocimientos y logros alcanzados por el estudiante e implementan estrategias donde se apoye a los educandos que presenten insuficiencias en la obtención de los aprendizajes. La evaluación posibilitará además, la aprobación o reprobación de los estudiantes en los grados de la educación preescolar, básica y media.
12.1 ESCALA VALORATIVA
Se evaluará al estudiante, asignándole notas de 1 a 5 con una sola cifra decimal. Sólo por fraude, negligencia, grosería o cualquier actitud despectiva por parte del educando en el proceso evaluativo, se asignará como nota el cero.
ESCALA NACIONAL ESCALA INSTITUCIONAL
Desempeño Superior 4.5 a 5.0
Desempeño Alto 3.8 a 4.4
Desempeño Básico 3.0 a 3.7
Desempeño Bajo 1.0 a 2.9
“Los años enseñan muchas cosas que los días jamás llegan a conocer”
Nicolás De Avellaneda
13.1 REPROBACIÓN DEL AÑO ESCOLAR:El año escolar se podrá reprobar con tres (3) o más áreas o asignaturas. Los desempeños de las asignaturas, serán sumados y promediados y se entregará una sola nota al finalizar el año. En todo caso, para efectos de la reprobación y la habilitación, se tendrán en cuenta los desempeños por áreas o asignaturas.
El estudiante que deje de asistir injustificadamente al 20% de las clases, será motivo para la reprobación del año escolar.
El comportamiento o convivencia escolar, se expresará con los términos: superior, alto, básico y bajo.
Los estudiantes que reprueben el año, se les garantizará por una sola vez, la repetición del mismo grado.
Durante la primera semana del año escolar (semana de desarrollo institucional), se realizarán habilitaciones o recuperaciones para los estudiantes que presenten desempeños bajos (Inferiores a 3.0). Quienes no se presenten a la habilitación sin mediar justa causa, perderán el año escolar siempre y cuando no se supere el 10% de reprobados para el año anterior. Si el estudiante es promovido al grado siguiente con áreas perdidas, éstas conservarán la nota final y la institución educativa no será responsable de realizar nuevas habilitaciones.
Las áreas y asignaturas que no alcancen desempeños satisfactorios (superiores a 3.0), serán objeto de nuevas actividades de profundización y habilitación hasta que logren ser aprobadas siempre y cuando el estudiante muestre interés y disponibilidad.
13.3 PROMOCIÓN ANTICIPADA.La Institución Educativa la Paz, posibilita a los estudiantes que reprueben el año por primera vez, la oportunidad de ser promovidos al grado siguiente siempre y cuando atiendan a los criterios que se enuncian en el artículo 15 del Sistema Institucional de Evaluación.
“Cuando oigo que un hombre tiene el hábito de la lectura, estoy predispuesto a pensar bien de él” Nicolás De Avellaneda
Artículo 15. Durante el primer período del año escolar, el Consejo Académico, previo consentimiento de los padres de familia, recomendará ante el Consejo Directivo, la promoción anticipada al grado siguiente del estudiante que demuestre un rendimiento superior en el desarrollo cognitivo, personal y social en el marco de las competencias básicas del grado que cursa. La decisión será consignada en el acta del Consejo Directivo y sí es positiva en el registro escolar de valoración (Art. 7 del Decreto 1290 de 2009).
Igualmente la Institución Educativa la Paz, posibilita a los estudiantes que reprobaron el año por primera vez, la oportunidad de ser promovidos al grado siguiente siempre y cuando atiendan a los criterios que se enuncian a continuación:
- Manifestación expresa y por escrito de la familia y del estudiante referida a la voluntad de realizar todos los procesos de recuperación. Mediante carta escrita se hará la solicitud antes de finalizar el calendario escolar correspondiente al año reprobado.
- Realización de todas las actividades asignadas y sustentación de las mismas durante la primera semana de desarrollo institucional del año siguiente.
- Obtener desempeños aprobados en todas las áreas o asignaturas perdidas.
- Obtener desempeños superiores a 4.0 en todas las áreas y asignaturas durante el primer período del año que cursa como repitente.
- Atender en jornadas contrarias cuando el tiempo se lo permita, a las actividades académicas del grado siguiente.
- Solicitar acompañamiento al Director de grupo del año anterior y enviar comunicación escrita al consejo académico y directivo antes de concluir el primer período académico para que se revisen los compromisos y logros obtenidos y se proceda con la promoción anticipada si ha ello hubiere lugar.
“La educación es el recurso más poderoso que puedes utilizar para cambiar el mundo”.
Nelson Mandela
12.2 DERECHOS Y DEBERES EN EL PROCESO FORMATIVO DE LOS ESTUDIANTES.
El estudiante, para el mejor desarrollo de su proceso formativo, tiene derecho a:
- Ser evaluado de manera integral en todos los aspectos académicos, disciplinarios, personales y sociales.
- Conocer el Sistema Institucional de Evaluación de los estudiantes: criterios, procedimientos e instrumentos de evaluación y promoción desde el inicio de año escolar.
- Conocer los resultados de los procesos de evaluación y recibir oportunamente las respuestas a las inquietudes y solicitudes presentadas respecto a éstas.
- Recibir la asesoría y acompañamiento de los docentes para superar sus debilidades en el aprendizaje.
- Los estudiantes del grado 11º que obtengan desempeños con puntajes superiores a 55 en las áreas o asignaturas evaluadas por las pruebas SABER 11 (ICFES) y que presenten insuficiencias en años anteriores, serán eximidos y reconocidos con notas aprobadas, además el docente reconocerá una unidad a quien obtenga los puntajes antes descritos, en la nota definitiva del cuarto período.
El estudiante, para el mejor desarrollo de su proceso formativo debe:
- Cumplir con los compromisos académicos y de convivencia definidos por la Institución educativa y el Manual de Convivencia Escolar
- Cumplir con las recomendaciones y compromisos adquiridos para la superación de sus debilidades.
- Presentarse a las actividades de habilitación y profundización, programadas por la institución.
Oscar Wilde
12.3 DERECHOS Y DEBERES DE LOS PADRES DE FAMILIA
En el proceso formativo de sus hijos, los padres de familia tienen los siguientes derechos:
- Conocer el Sistema Institucional de Evaluación de los estudiantes: criterios, procedimientos e instrumentos de evaluación y promoción desde el inicio de año escolar.
- Acompañar el proceso evaluativo de los estudiantes.
- Recibir los informes periódicos de evaluación.
- Recibir oportunamente respuestas a las inquietudes y solicitudes presentadas sobre el proceso de evaluación de sus hijos.
- De conformidad con las normas vigentes, los padres de familia deben:
- Participar, a través de las instancias del gobierno escolar, en la definición de criterios y procedimientos de la evaluación del aprendizaje de los estudiantes y promoción escolar.
- Realizar seguimiento permanente al proceso evaluativo de sus hijos.
- Analizar los informes periódicos de evaluación.
12.4 GRADUACIÓN.
Los estudiantes que culminen la educación media, obtendrán el título de Bachiller Académico o Técnico, cuando hayan cumplido con todos los requisitos de Promoción adoptados por la Institución en su Proyecto Educativo Institucional, de acuerdo con la Ley y las normas reglamentarias.
“El principio de la educación es predicar con el ejemplo”.
Robert Turgot
La Institución Educativa la Paz, queda exenta de la responsabilidad frente a los estudiantes que se proclaman como bachilleres con áreas o asignaturas reprobadas. La expedición de certificados reflejará las insuficiencias con las que se concluyó el año escolar.
Los estudiantes del grado 11° que aprueben el grado con dificultades tipo III de convivencia, no podrán participar del acto protocolario de graduación.
“El principio de la educación es predicar con el ejemplo”.
Robert Turgot
CONCEPTOS Y DEFINICIONES
- FALTAS PEDAGÓGICAS O ACADÉMICAS: Son aquellos tipos de conducta o comportamiento de orden particular, producto de las dificultades en el aprendizaje o en la motivación frente a éste que entorpecen el desarrollo intelectual del estudiante, sin que afecten el trabajo colectivo o el ambiente escolar.
- FALTAS AL BUEN COMPORTAMIENTO: Son aquellos comportamientos o conductas que atentan contra el ambiente escolar, deterioran las conductas de tranquilidad y orden que se requieren para llevar a cabo una actividad académica, y estropean la convivencia dentro de la institución.
- COMPETENCIAS CIUDADANAS: Es el conjunto de conocimientos y de habilidades cognitivas, emocionales y comunicativas que hacen posible que el ciudadano actúe de manera constructiva en una sociedad democrática.
- EDUCACIÓN PARA EL EJERCICIO DE LOS DERECHOS HUMANOS, SEXUALES Y REPRODUCTIVOS: Es aquella orientada a formar personas capaces de reconocerse como sujetos activos titulares de derechos humanos sexuales y reproductivos, con criterios de respeto por sí mismo, por el otro y por el entorno, que les posibilite tomar decisiones asertivas y autónomas para ejercer una sexualidad libre, responsable.
- CONFLICTOS: Son situaciones que se caracterizan porque hay una incompatibilidad real o percibida entre una o varias personas frente a sus intereses.
- AGRESIÓN ESCOLAR: Es toda acción realizada por uno o varios integrantes de la comunidad educativa que busca afectar negativamente a otros de los cuales por lo menos uno es estudiante. La agresión escolar puede ser física, verbal, gestual, relacional y por las redes sociales.
- AGRESIÓN FÍSICA: Es toda acción que tenga como finalidad causar daño al cuerpo o a la salud de otra persona. Incluye puñetazos, patadas, empujones, cachetadas, mordiscos, rasguños, pellizcos, jalón de pelo, entre otras.
“Lo que se le dé a los niños, los niños darán a la sociedad”.
Karl Menninger
- AGRESIÓN VERBAL: Es toda acción que busque con las palabras degradar, humillar, atemorizar, descalificar a otros. Incluye insultos, apodos ofensivos, burlas y amenazas.
- AGRESIÓN GESTUAL: Es toda acción que busca con los gestos, degradar, humillar, atemorizar o descalificar a otros.
- AGRESIÓN RELACIONAL: Es toda acción que busca afectar negativamente las relaciones que otros tienen. Incluye excluir de grupos, aislar deliberadamente y difundir rumores o secretos buscando afectar negativamente el estatus o imagen que tiene la persona frente a otros.
- AGRESIÓN POR LAS REDES SOCIALES: Es toda .acción que busca afectar negativamente a otros a través de medios electrónicos. Incluye la divulgación de fotos o videos íntimos o humillantes en Internet, realizar comentarios insultantes u ofensivos sobre otros a través de redes sociales y enviar correos electrónicos o mensajes de texto insultantes u ofensivos, tanto de manera anónima como cuando se revela la identidad de quien los envía.
- ACOSO ESCOLAR (BULLYING): Es toda conducta negativa, intencional metódica y sistemática de agresión, intimidación, humillación, ridiculización, difamación, coacción, aislamiento deliberado, amenaza o incitación a la violencia o cualquier forma de maltrato psicológico, verbal, físico o por medios electrónicos contra un niño, niña o adolescente. por parte de un estudiante o varios de sus pares con quienes mantiene una relación de poder asimétrica, que se presenta de forma reiterada o a lo largo de un tiempo determinado. También puede ocurrir por parte de docentes contra estudiantes, o por parte de estudiantes contra docentes.
- CIBER-ACOSO ESCOLAR (CIBERBULLYING): Es toda forma de intimidación con uso deliberado de tecnologías de información (Internet, redes sociales virtuales, telefonía móvil y video juegos online) para ejercer maltrato psicológico y continuado.
“Dos excesos deben evitarse en la educación de la juventud; demasiada severidad, y demasiada dulzura”.
Platón
- VIOLENCIA SEXUAL: De acuerdo con lo establecido en el artículo 2 de la Ley 1146 de 2007, "se entiende por violencia sexual contra niños, niñas y adolescentes, todo acto o comportamiento de tipo sexual ejercido sobre un niño, niña o adolescente, utilizando la fuerza o cualquier forma de coerción física, psicológica o emocional, aprovechando las condiciones de indefensión, de desigualdad y las relaciones de poder existentes entre víctima y agresor".
- VULNERACIÓN DE LOS DERECHOS DE LOS NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES: Es toda situación de daño, lesión o perjuicio que impide el ejercicio pleno de los derechos de los niños, niñas y adolescentes
- RESTABLECIMIENTO DE LOS DERECHOS DE LOS NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES: Es el conjunto de actuaciones administrativas y de otra naturaleza, que se desarrollan para la restauración de su dignidad e integridad como sujetos de derechos y de su capacidad para disfrutar efectivamente de los derechos que le han sido vulnerados.
“La meta final de la verdadera educación es no sólo hacer que la gente haga lo correcto, sino que disfrute haciéndolo; no sólo formar personas trabajadoras, sino personas que amen el trabajo; no sólo individuos con conocimientos, sino con amor al conocimiento; no sólo seres puros sino con amor a la pureza; no sólo personas justas, sino con hambre y sed de justicia”.
John Ruskin.